En el Estado de California, de acuerdo con lo establecido por la sección 273.6 del Código Penal, cuando un Tribunal emite una orden de protección (también denominada como orden de alejamiento) para proteger a las víctimas del abuso físico, el acoso y las amenazas, y esa orden es violada, se imponen severos castigos que incluyen permanecer un tiempo en prisión o el pago de multas.

En la mayoría de los casos, este delito suele estar relacionado con casos de violencia doméstica. A su vez, las órdenes de restricción contemplan disposiciones diseñadas para evitar que se "contacte" a la persona protegida. Por esta razón, si un individuo ha recibido una orden de esta índole, debe procurar no estar cerca de la presunta víctima y no efectuar ningún tipo de interacción por redes sociales o vía email. Lo anterior significa que se restringe el contacto tanto directo como indirecto.

Si usted ha sido acusado de violar alguna de las disposiciones de una orden que restringe cualquier tipo de contacto con la presunta víctima, usted podría enfrentar graves consecuencias. Es por esa razón que debe comunicarse de inmediato con un abogado perteneciente a Vista Criminal Attorney Law Firm. Si está ubicado en Vista, California, nuestro equipo de profesionales calificados se encargará de brindarle la mejor asesoría y luchar en su nombre frente a cualquier cargo en su contra.

¿Cómo se define una Orden de Restricción?

También conocida como orden de alejamiento, según lo establecido por la legislación de California, su objetivo es evitar que una persona que ha sido víctima de violencia sufra nuevamente por abuso físico, amenazas o acoso. Recibir una orden de restricción implica que usted no deberá establecer ningún tipo de enlace con la persona que está protegida bajo dicha orden.

Para que usted amplie sus conocimientos y evite cometer una conducta que podría generarle severas consecuencias, a continuación le mencionaremos las disposiciones que usted no debe violar bajo ningún concepto:

  • Mantener distancia con la persona protegida bajo la orden de restricción.
  • No enviar mensajes de texto, realizar llamadas, o intentar interactuar por redes sociales con un individuo amparado por una orden de
  • No enviar correos electrónicos o correos de voz a la persona que solicitó la orden de restricción.

De no cumplir con las disposiciones señaladas en la orden, usted podría ser acusado bajo el delito tipificado en la sección 273.6 del Código Penal de California.

¿Cómo puede ser calificada una Orden de Restricción?

No todas las órdenes de restricción cuentan con las mismas disposiciones, por ello pueden calificarse de diferentes formas. Dichas órdenes se dividen en cuatro categorías:

  • Orden de restricción por violencia doméstica.
  • Orden de restricción por acoso civil.
  • Orden de restricción por conductas de carácter violento en el trabajo.
  • Orden de restricción por abuso de ancianos y adultos dependientes.

¿Qué califica como violencia doméstica?

Se tipifica como violencia doméstica cualquier acto que ponga en riesgo la vida e integridad de su cónyuge o pareja sentimental, como las conductas violentas, o actos tales como efectuar amenazas, agredir de forma física o verbal, e incluso dañar propiedad. No obstante, es importante señalar que este hecho punible también incluye a niños y ancianos, dado que estos también pueden ser maltratados por miembros de su propio núcleo familiar.

¿Quiénes llevan a la práctica conductas de violencia doméstica?

Como se expuso anteriormente, aunque esta categoría de hechos punibles se enfoca en situaciones donde el delito es efectuado en parejas sentimentales o cónyuges, hay diferentes ámbitos donde puede ser llevado a la práctica, dado que una persona que mantenga nexos con otra podría ser víctima de violencia doméstica, como el hijo de una pareja que es constantemente amedrentado con insultos, o en casos de parejas divorciadas.

En este mismo orden de ideas, estas conductas punibles pueden ser realizadas por parientes consanguíneos, tanto por mujeres como por hombres independientemente de cual sea su edad. Se estima que la mayoría de órdenes de restricciones son emitidas en casos de violencia doméstica, donde la víctima denuncia a las autoridades los abusos que padece. Es importante señalar, que las órdenes de restricción por violencia doméstica también pueden ser presentadas por otra persona en nombre de un niño.

Asimismo, dentro de esta categoría podrían verse implicadas acciones condenables tales como incurrir en delito de lesiones corporales contra un cónyuge o en el de agresión doméstica. El primero, permite que los daños físicos ocasionados como golpes o heridas se visualicen, no obstante, el segundo no se suele evidenciar el maltrato físico. Sin embargo, en cualquiera de ambos casos la víctima podría solicitar una orden en contra de su pareja íntima actual o anterior.

Resulta conveniente mencionar la disimilitudes entre el delito de lesión corporal y agresión doméstica, dado que el primer hecho punible se procesa como un “wobbler”, lo cual significa que puede catalogarse como un delito grave tomando en cuenta los hechos exactos del caso. Por el contrario, el segundo se estima como un delito menor.

De igual forma, en la categoría de violencia doméstica se cubre una gran lista de delitos, sin embargo sólo haremos mención de dos conductas condenables por las cuales el Juez podría emitir una orden en su contra:

  • Abuso Infantil: En California, cualquiera que genere daños físicos a un niño será severamente castigado de acuerdo con las leyes. Una conducta de este tipo será condenada como un delito de violencia doméstica.
  • Amenazas Criminales: Efectuar amenazas que pongan en temor razonable la vida e integridad de un individuo es un acto penado por la ley. Por una conducta de este tipo usted podría recibir una orden de restricción solicitada por la presunta víctima.

¿Qué ocurre cuando se emite una orden de restricción por violencia doméstica?

Bajo este contexto, la orden es emitida en situaciones donde una persona ha sido víctima de abuso por parte de su cónyuge, pareja sentimental o ex pareja. A su vez, califica como “abuso” cualquier daño psicológico, emocional o físico contra la víctima.

¿Cuáles son los diferentes niveles de protección que se aplican a las órdenes de alejamiento?

Además de los diferentes tipos de órdenes de restricción que los tribunales pueden emitir en California, existen diferentes niveles de protección que se aplican a las órdenes de alejamiento. Los tres niveles de protección que se ofrecen a quienes solicitan órdenes de restricción incluyen:

  • Orden de protección de emergencia (EPO)
  • Orden de restricción temporales (TRO)
  • Orden de restricción permanente (PRO)

A continuación, procederemos a describir cada uno de los niveles de protección que el solicitante tiene a su disposición para solicitar que se emita una orden de alejamiento.

Orden de protección de emergencia (EPO)

El objetivo de una orden de protección de emergencia (EPO) es brindar seguridad y protección durante un corto plazo a la víctima. Este tipo de órdenes son emitidas comúnmente en casos de violencia doméstica. Por lo general, un oficial de policía que responde a la escena solicitará una EPO. Una orden de protección de emergencia tiene una duración de tan sólo siete días y puede ser reemplazada por una orden judicial más prolongada después de su conclusión.

Orden de restricción temporal (TRO)

El propósito de esta orden es brindar protección temporal a la víctima hasta que se pueda celebrar una audiencia oficial para determinar si es necesario emitir una orden de restricción de carácter permanente.

Orden de restricción permanente (PRO)

Una orden de restricción permanente (PRO) impide que usted tenga contacto con la víctima y puede durar hasta cinco años. Dado que dicha orden restringe significativamente su libertad, el tribunal debe llevar a cabo una audiencia y permitir que las partes involucradas presenten sus argumentos. El Juez evaluará lo señalado por las mismas y tomará una decisión basada en las circunstancias del caso.

El nivel de protección otorgado por una orden de restricción en su contra es muy importante dado que puede afectar significativamente a dónde puede ir y a quién puede contactar. Por ello, si alguien está tratando de obtener una orden de restricción en su contra, ante tal escenario debe contactar inmediatamente a un abogado con experiencia en el área y discutir con éste sus opciones legales.

¿Cómo puede violar usted el estatuto señalado en la sección 273.6 de California?

Como se ha hecho mención anteriormente, violar lo estipulado bajo la sección 273.6 del Código Penal es tipificado como un delito. Para que el juez dicte una condena en este caso, el Fiscal tiene la responsabilidad de demostrar la concurrencia de una serie de hechos. Estos son:

  • La orden que se violó la emitió un Tribunal
  • Usted tenía conocimiento de la emisión de la orden en su contra
  • Usted se encontraba capacitado para cumplir o acatar las disposiciones de la orden.
  • Usted violó la orden de restricción voluntariamente.

En este sentido, por desacatar una orden emitida por un Tribunal, usted podría ser acusado e incluso condenado por la comisión de este hecho punible.

Resulta relevante señalar, que en el Estado de California la legislación exige que un oficial de la ley o un notificador de proceso sea quien entregue los documentos de la orden de restricción, pues estos no pueden entregarse por correo. Dichos documentos generalmente contienen la fecha y hora en que será llevada a cabo la audiencia, una declaración de la acción solicitada y cualquier información que la presunta víctima haya presentado ante el tribunal en apoyo de su petición. A su vez, la razón para entregar estos documentos es para notificarle que se ha presentado una petición en su contra.

A continuación, y con el objetivo de que usted comprenda con mayor claridad en qué consiste violar el estatuto 273.6 del Código Penal, ilustraremos dos escenas diferentes a manera de ejemplo:

  • John y Kate son una pareja divorciada a causa del maltrato que sufrió Kate por parte de su ex esposo. Un día John decide ir hasta la casa de Kate, quien hace un tiempo solicitó una orden para que John no pudiera acercarse a ella, de la cual John tiene conocimiento. Por dicha acción, se estima que John de forma voluntaria (adrede) violó la orden legal emitida por el Tribunal.
  • Asher y Michaela son novios, sin embargo, por un infortunio la relación termina y Michaela reporta ante las autoridades que su ex novio la ha agredido físicamente. En esta situación, Asher es detenido y acusado por cometer un delito de violencia doméstica. Cuando el caso es presentado ante el Tribunal, el Juez emite una orden temporal que le prohíbe a Asher cualquier tipo de contacto con Michaela que incluye mantener una distancia aproximada de 30 metros con ella durante un término de diez días. Sin embargo, un día Asher decide ir a un café donde sin saberlo Michaela se encuentra con sus padres.

En la primera escena, el acto se ejecutó de forma completamente deliberada. No obstante, en la segunda escena el individuo no tenía intención alguna de encontrarse con la chica, por ende su acción no fue llevada a cabo de manera voluntaria y con ayuda de un buen abogado, una acusación en contra suya no estaría destinada a prosperar.

¿De qué forma se notifica una orden de alejamiento?

Como fue expuesto anteriormente, un oficial de la ley o un notificador tiene la tarea de entregarle la orden que ha sido emitida en su contra. No obstante, aunque usted no haya leído la orden, si tiene conocimiento de la existencia de esta e igualmente decide contactar a la víctima o frecuentar los sitios que ésta visita, la Fiscalía podrá formular cargos señalando que usted ha violado la sección 273.6 del Código Penal. Pero para que el Fiscal pueda probar que usted sabía de dicha orden, podrá apoyarse en lo siguiente:

  • Usted se presentó ante el Tribunal al momento de emitirse la orden;
  • Se hizo entrega de la orden personalmente; o
  • El notificador le informó verbalmente de la orden emitida en su contra.

A continuación procederemos a explicar los puntos mencionados:

Usted se presentó ante el Tribunal al momento de emitirse la orden

En esta situación, el Juez le explica por qué ha sido emitida una orden de alejamiento en su contra, cuáles son las disposiciones que usted no debe violar, y bajo qué términos y condiciones usted debe acatarla.

Se hizo entrega de la orden personalmente

Si usted no pudo acudir a la respectiva audiencia, un oficial le entregará una copia de la orden de restricción.

El notificador le informó verbalmente de la orden emitida en su contra

Un notificador enviado por el Tribunal, tiene el deber de indicar que se ha emitido una orden de restricción en su contra. A continuación, será ilustrada una escena donde se evidencia lo anteriormente expuesto:

Lana ha solicitado ante el Tribunal una orden de alejamiento contra su ex novio Drake. Sin embargo, Drake no recibió la notificación, por ese motivo constantemente llamaba y le enviaba mensajes a su ex novia. Lana disgustada por la insistencia de Drake decide llamar a las autoridades. Cuando un oficial acude a la vivienda de Drake y evalúa los hechos determina que en efecto Drake no estaba al tanto de nada. Acto seguido, el oficial le notifica acerca de la orden en su contra y las consecuencias que podría enfrentar si se acerca o intenta contactar nuevamente a Lana.

¿Que se define como un acto realizado de forma “voluntaria”?

De acuerdo con la ley, cuando un individuo consciente de la naturaleza de sus actos y de las consecuencias que la comisión de estos podrían generarle, y sin embargo los lleva a la práctica, se estima que sus acciones se efectuaron de manera voluntaria. Es decir, si ha sido emitida una orden de alejamiento contra usted e igualmente usted sigue frecuentando los lugares de la persona protegida bajo la orden como su trabajo o su lugar de residencia, entonces se considera que sus actos han sido realizados voluntariamente.

No obstante, si usted por error se topa con la persona que solicitó la orden de alejamiento y esta se comunica con las autoridades, usted deberá informarle inmediatamente a su abogado para que este demuestre que el encuentro no fue planeado por usted.

¿Qué sanciones podría acarrear una condena por este delito?

Violar la sección 273.6 del Código Penal se estima como un delito menor en la mayoría de los casos. Sin embargo, si usted reincide nuevamente en una conducta de este tipo dentro de un periodo de siete años o la violación a la orden implicó el uso de la violencia, el delito podrá procesarse como delito grave o delito menor (la elección queda a criterio del fiscal), esto significa que es un delito “wobbler”. En estos casos será la Fiscalía quien basándose en las circunstancias del caso y en sus antecedentes, definirá cómo catalogar el delito.

Si usted es condenado por la comisión de un delito menor, podría implicar que cumpla con las siguientes penas:

  • Cumplir condena durante un año en la prisión
  • Pagar multas no excedentes a la suma de mil dólares

Por el contrario, si usted resulta culpable por un delito grave, usted deberá enfrentarse a las siguientes penas:

  • Cumplir condena hasta por tres años en la prisión
  • Pagar multas por un valor no excedente a diez mil dólares

Ahora bien, si el Juez toma la decisión de que usted permanezca bajo libertad condicional, deberá asistir a clases de violencia doméstica y terapias que lo ayuden a controlar su ira. Igualmente, también podría implicar que usted pague por un lugar donde la víctima pueda refugiarse, o que pague una suma de dinero por concepto de indemnización por los daños causados.

¿Qué líneas de defensa pueden ser empleadas en estos casos?

Las estrategias de defensas que pueden emplearse son diversas, no obstante su abogado deberá evaluar los hechos y circunstancias exactas del caso para determinar cuáles podrían beneficiar su situación legal con mayor éxito.

Si usted ha sido acusado de violar una orden de restricción, a continuación le mencionaremos y expondremos una serie de defensas que podrán ser empleadas a su favor:

  • Usted no tenía conocimiento de la orden emitida
  • No se encontraba en capacidad de cumplir con la orden
  • Falsas acusaciones
  • Usted no violó la orden voluntariamente

Usted no tenía conocimiento de la orden emitida

En estos casos, su abogado penalista puede señalar que desconocía la emisión de cualquier orden presentada contra usted. De esta forma, usted no resultaría culpable por efectuar una violación a la sección 273.6 del Código Penal.

No se encontraba en capacidad de cumplir con la orden

Si usted y la presunta víctima viven en la misma residencia o trabajan en lugares cercanos, los encuentros serían imposibles de evitar. Por esta razón, su abogado podrá señalar que usted no se encuentra en total capacidad para cumplir con los requisitos de la orden. Tomando esto en cuenta, el Juez deberá evaluar nuevamente las condiciones establecidas.

Falsas acusaciones

Con el objetivo de beneficiarse económicamente o impulsado por sentimientos de celos o venganza, un individuo podría alegar que el acusado ha violado su orden de alejamiento. Si este es su caso, su abogado se encuentra en la obligación de contrarrestar dichas alegaciones.

Usted no violó la orden voluntariamente

Si usted entrena en un gimnasio y la presunta víctima se inscribe, o si su lugar de residencia se encuentra en la misma localidad que el de la persona protegida por medio de la orden de alejamiento y dada esas condiciones se encuentran accidentalmente, su abogado podría alegar bajo qué contextos se desarrolló el encuentro y su falta de voluntad para llevar a cabo cualquier contacto que ponga su situación legal en juego.

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Las sanciones emitidas tras una condena no suelen ser indulgentes. Por esta razón si una orden de restricción fue emitida en su contra debe evitar a toda cosa violar cualquier disposición que el Tribunal haya señalado en la misma.

No obstante, si usted o algún ser querido ha sido acusado por la comisión de este hecho punible no dude en contactarse con nuestro equipo de profesionales ubicados en Vista, California. La firma Vista Criminal Attorney Law Firm cuenta con abogados experimentados dispuestos a trabajar arduamente para construir un caso que beneficie su situación legal.

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