Una de las formas más graves en que se le pueden causar daños a un bien, es quemándolo. Por esta razón, los legisladores consideraron que debía ser catalogado como un delito mayor y lo estipularon en el artículo 451 del Código Penal de California.

Si se han presentado cargos en su contra por cometer este delito, es fundamental que sea asesorado por un abogado de Vista Criminal Attorney Law Firm, la cual está ubicada en Vista, California. Evite las consecuencias que una condena puede traer consigo, ya que aplicaremos nuestra vasta experiencia y conocimientos para que no sea declarado culpable.

¿Cuál es la definición de este delito?

De conformidad con la ley del estado de California, el incendio provocado es un acto malicioso, e intencional que consiste en causar la quema de una tierra forestal, bien o estructura. Para perpetrar este delito no es necesario destruir alguno de estos, ya que basta con ocasionar cualquier mínimo daño con el fuego. Asimismo, cuando se incendia un bien actuando de manera intencional y con malicia, siempre se trata de un delito mayor. Esto se distingue del artículo 451 PC, que regula el incendio imprudente y es considerado un delito menor.

Si se han presentado cargos en su contra por este delito y resulta condenado, es posible que tenga que enfrentarse a una pena de encarcelamiento y el pago de multas, que dependerán de la gravedad de los hechos ocurridos. Algunos supuestos en que puede provocarse un incendio son los siguientes:

  • Incendiar su vehículo para cobrar el seguro del mismo.

  • Incendiar la vivienda de otra persona en venganza.

¿Cuáles son los requisitos para que el acusado sea condenado?

Al igual que todos los demás delitos estipulados en la ley, está constituido por varios elementos que el fiscal tiene la carga de probar, ya que de lo contrario el acusado no será condenado. A continuación, conoceremos cuáles son:

  1. Incendiar u originar un incendio, ya sea de un bien, estructura o tierra forestal.

Para comprender este elemento, debemos precisar en los siguientes términos:

  • Bienes. Hace referencia a un terreno que no sea tierra forestal (como una finca) o cualquier bien personal. Por lo que se trata de bienes personales como documentos, equipos electrónicos, muebles, joyas, electrodomésticos, vestimenta, fotografías, entre otros. Es importante señalar que una persona no está perpetrando este delito cuando quema sus propios bienes, ya que la disposición no prohíbe la quema de bienes propios con la excepción de que se haya llevado a cabo para perpetrar un fraude o un individuo haya resultado herido en el sitio.

  • Incendiar. Se entiende que un bien se incendia cuando se quema la totalidad o parte de este. De manera que, se considera que es un incendio incluso si el humo o las llamas causan daños leves.

  • Estructura o tierra forestal. Una estructura incluye viviendas, edificios comerciales, túneles, edificios, tiendas, plantas eléctricas o puentes. Por lo que los daños que sufran las instalaciones de un edificio cuentan como una estructura, siempre que sea un componente fundamental del mismo.

  1. Llevarlo a cabo de manera intencional y con malicia.

Actuar intencionalmente significa hacerlo de manera deliberada y a propósito. Mientras que, la malicia implica realizar un acto con el propósito de perpetrar un fraude, perjudicar o molestar a otro individuo. Un ejemplo típico del fraude es cuando un individuo incendió su apartamento o vehículo para cobrar el pago de la compañía aseguradora.

¿Cuáles son los órganos a cargo de realizar las investigaciones correspondientes?

El Departamento de Bomberos del condado de Los Ángeles se encarga de llevar a cabo las investigaciones por este delito inmediatamente después de que ocurre. Por lo que la información recabada puede ser utilizada como fundamento de los cargos que se presenten en su contra y como evidencia en el juicio. También se involucran en la investigación otras autoridades privadas y públicas, entre las cuales destacan las siguientes:

  • La Conferencia de Incendio Provocado de California.

  • El Departamento de Justicia.

  • La Asociación de Fiscales del Distrito de California.

  • El Departamento de Bomberos Estatales.

  • Departamento de Armas de Fuego, Incendio Provocado y Bombas.

¿Cómo se castiga este acto delictivo?

Las sanciones estipuladas en la ley para este delito, varían según el tipo de bien que se haya quemado y si alguien sufrió quemaduras. Aunque en cualquier caso es considerado un delito mayor.

  • Si se provocó el incendio de un bien personal, se castiga con 16 meses, 2 o 3 años en la prisión del estado.

  • Si se provocó el incendio de una estructura o tierra forestal, el periodo en prisión es de 2.4 o 6 años.

  • Si alguien sufrió una lesión corporal considerable, el periodo en prisión es de 5,7 o 9 años.

Es importante tener en cuenta que un daño corporal considerable es aquel que se considera sustancial. Sin embargo, la ley no requiere que sea severo o permanente. Algunos ejemplos son una conmoción cerebral, una fractura ósea o una herida profunda que requiere suturas.

El juez también puede obligarlo a pagar una multa por un monto máximo de 10.000 USD. Aunque sí provocó un incendio para perpetrar un fraude, el monto de la multa será el doble de la cantidad que haya recibido por el mismo.

Es importante resaltar que si resulta condenado habrá cometido un strike según la Ley de los Tres Delitos y Fuera. De conformidad con la misma, si es la segunda vez que comete cualquier delito mayor que involucre violencia, se aplica el doble de la sanción que establece la ley para este acto delictivo. Pero si es la tercera vez que perpetra un acto delictivo de esta naturaleza, la sanción es de entre 25 años y cadena perpetua.

Por otra parte, todas las personas que sean condenadas tendrán la obligación de registrarse como delincuentes de incendios. Este registro se mantiene aún después de cumplir con todas las demás sanciones que el juez haya dictado y su duración depende de la edad del condenado al cometer el acto delictivo, ya que si tenía menos de 18 años cuando ocurrieron los hechos, el registro cesa si se lleva a cabo el sello de este antecedente penal o al momento de cumplir 25 años, dependiendo de lo que ocurra primero. Pero si tenía más de 18 años en ese momento, el registro se mantendrá toda su vida. Esto aplica para todos los casos ocurridos luego de noviembre del año 1994.

También se impondrá una pena adicional si existen ciertas circunstancias agravantes. Esta consiste en un periodo de 1 a 5 años que debe cumplir en la prisión del estado de California, luego de haber cumplido con las demás sanciones que explicamos anteriormente. A continuación, conoceremos cuáles son estas circunstancias que agravan la pena.

  • Se incendió más de un edificio.

  • El incendio produjo lesiones físicas considerables a más de dos individuos.

  • El incendio le produjo un daño corporal considerable a alguien que forma parte del personal de emergencia, como un funcionario policial o un bombero.

  • El acusado utilizó un dispositivo para agilizar las llamas.

  • El acusado ha sido condenado por este delito o por incendio imprudente en el pasado.

En ciertas circunstancias, el juez está facultado para dictar el periodo más largo de prisión que permite la ley cuando incendia cualquier estructura actuando en venganza de su propietario, o si prende fuego a cualquier lugar de culto, a sabiendas de que lo es, como una mezquita o iglesia.

Por otra parte, si el condenado prendió fuego a una estructura que se encontraba habitada u ocasionó daños a otro individuo intencionalmente, la ley contempla la aplicación de un periodo de 10 años hasta cadena perpetua, siempre que se demuestren los siguientes hechos:

  • Ha sido condenado por este acto delictivo en los 10 años anteriores.

  • Se han destruido 5 estructuras o más.

  • Los daños que resultaron del incendio, incluyendo las pérdidas, el costo total del bien, y los demás gastos es superior a 5.650.000 dólares.

¿Cómo afecta la condena a los inmigrantes?

Cuando un inmigrante es condenado por este delito, su situación migratoria se ve gravemente afectada. Esto se debe a que según la ley nacional de inmigración, algunos delitos conducen a que los perpetradores que no son ciudadanos de EE.UU sean deportados o no se le permita ingresar de nuevo a la nación. Asimismo, una de las clasificaciones de delitos que forman parte de esta ley son los de vileza moral, entre los cuales se encuentra el incendio provocado.

Por esta razón, ejercer la mejor defensa para evitar la condena es fundamental para evitar que su situación legal dentro de este país resulte perjudicada.

¿Los condenados mantienen sus derechos de propiedad de armas?

Una de las consecuencias de ser declarado culpable por este acto delictivo es que será privado de la titularidad de los derechos de propiedad y posesión de armas. Aunque este es un derecho consagrado en la Segunda Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, la ley de California contempla esta sanción para todo aquel que sea condenado por delito mayor, tal como el incendio provocado.

¿Es posible solicitar la eliminación de este antecedente penal?

La eliminación de los antecedentes penales está contemplada en el artículo 1203.4 PC. Si su solicitud es aprobada, desaparecen muchas de las desventajas que surgen con la condena. Pero no cualquier persona puede obtenerlo, ya que es necesario que cumpla con ciertos requisitos. Estos incluyen que entre las sanciones no se haya impuesto una pena en la prisión del estado de California, haber cumplido satisfactoriamente la pena de encarcelamiento o la libertad condicional, no estar cumpliendo con sanciones impuestas por otras condenas, ni estar enfrentando cargos por un delito actualmente.

Sin embargo, es importante señalar que si no cumplió con todas las condiciones de la libertad condicional, en caso de haberse impuesto, el juez aún puede evaluar su caso y decidir sobre la eliminación de su antecedente penal.

¿Cuáles son los argumentos de defensa que puede alegar el abogado?

Como señalamos anteriormente, la única forma de evitar ser condenado y que se impongan las sanciones que la ley establece para este delito, es ejercer una estrategia de defensa adecuada durante el juicio. Con esto, puede lograr ser declarado inocente, que sus cargos sean desestimados, o se reduzcan a delitos que contemplan sanciones menores. Para ello existen varios argumentos que su abogado puede alegar y probar con el propósito de contrariar las evidencias presentadas por el fiscal, lo cual conduce a que se considere que este no logró demostrar que usted perpetró el delito por encima de cualquier duda razonable.

  • Ausencia de la intención que requiere el delito. Recordemos que para que sea declarado culpable, el fiscal debe demostrar que ocasionó el incendio intencionalmente y con el propósito de cometer un fraude, perjudicar o molestar a alguien. Por lo que su abogado defensor puede demostrar con evidencias contundentes que se trató de un accidente y nunca actuó con la intención que requiere el delito. Por ejemplo, si lanza un cigarro por la ventana que origina un incendio en la casa del vecino, no será condenado si no tenía la intención de prender fuego a esta casa.

Cabe destacar que no es una defensa útil alegar que provocó el incendio debido a que se encontraba bajo los efectos de alcohol o drogas, ya que esto no lo exime de la responsabilidad penal, con la excepción de que logre demostrar que otra persona lo intoxicó contra su voluntad.

  • Usted no causó el incendio. Si la causa del incendio no puede atribuírsele, no será declarado culpable. Por ejemplo, si fue causado por una tormenta eléctrica, cables defectuosos, o artefactos de cocina. De manera que el abogado se encargará de demostrar que esta fue la causa de las llamas para que sus cargos sean desestimados.

  • Ausencia de evidencias suficientes. En muchas ocasiones, el fiscal no logra presentar evidencias físicas o contundentes para probar la culpabilidad del acusado, ya que la mayoría se destruye con las llamas. Por lo que recurre a evidencia circunstancial, como el testimonio de una persona que haya observado al acusado en el lugar donde ocurrieron los hechos, o cualquiera de las siguientes:

  1. Los problemas económicos del acusado, los cuales pueden sugerir que su conducta fue efectuada para perpetrar un fraude, como por ejemplo, cobrar un seguro.

  2. Motivos por los cuales pudo haber actuado en venganza del propietario del bien.

  3. Evidencias de que realizó una investigación sobre cómo provocar un incendio.

  4. Se encontraba en posesión de recipientes de gasolina u otras sustancias que pueden ser utilizadas para producir fuego.

Si el fiscal no cuenta con suficientes evidencias para demostrar cada uno de los elementos del delito, el acusado no puede ser declarado culpable. Además, estas deben ser pertinentes y obtenerse por medios legales. Por lo que, el abogado puede cuestionar la legalidad de la obtención de las pruebas o su relevancia para probar los hechos controvertidos.

  • Se han presentado acusaciones falsas o ha existido un error al identificarlo. El error de identificación puede ocurrir cuando su apariencia física, vestimenta o vehículo son similares a las del perpetrador del delito. También puede suceder que el verdadero perpetrador lo incrimina, encuentran objetos de su propiedad en el lugar de los hechos o alguien ha asumido que usted es el perpetrador.

Incluso los funcionarios policiales pueden equivocarse al arrestarlo, pero el abogado defensor puede presentar evidencias de que ha cometido un error, como un vídeo de una cámara de seguridad cercana o el testimonio de un testigo. Si esta defensa prospera, sus cargos serán desestimados.

Una defensa similar es la existencia de acusaciones falsas, la cual tiene lugar cuando alguien lo acusa de haber cometido el delito sin contar con evidencias para fundarse. Especialmente en los casos por este delito, existen varios motivos por los cuales alguien puede acusarlo falsamente, como rencor o celos.

  • Coartada. Si logra demostrar que se encontraba en otro lugar cuando ocurrió el incendio, es posible que logre evitar la condena. Esta defensa suele utilizarse con frecuencia para defenderse de estas acusaciones. Si logra convencer al juez, este desestimará los cargos en su contra.

¿Cuáles actos delictivos se vinculan con este?

  • Incendio imprudente. Además del incendio provocado, la ley establece el incendio imprudente. Este prohíbe realizar un acto imprudente que conduce a la quema de una tierra forestal, estructura o cualquier propiedad.

La diferencia entre ambos es que se considera que la imprudencia no es tan grave como la intención. Esta se verifica cuando el perpetrador actúa a sabiendas o debiendo saber que existe una gran probabilidad de que su acción origine un incendio, pero obvia este riesgo, por lo que se aleja gravemente de la forma en que se comportaría un individuo razonable en su posición.

Por ejemplo, supongamos que María deja la llave del gas abierta en su cocina y sale por unas horas, dejando a sus hijos pequeños solos en el apartamento. Tras lo cual, se origina un incendio y sus hijos sufren quemaduras graves. En tal caso, aunque María no ocasionó el incendio a propósito, realizó una conducta imprudente ya que no prestó el cuidado que era razonable en esa situación.

Se trata de un delito menor que suele ser castigado con un encarcelamiento hasta por 6 meses, además de una multa por una suma máxima de 1.000 USD. Sin embargo, se considera un wobbler cuando se le causa una lesión corporal considerable a una persona, o se incendia una estructura o tierra forestal. En tales casos, el fiscal puede presentar los cargos por delito mayor o menor, de acuerdo con las circunstancias específicas y su historial criminal.

  1. Si se quema una estructura o tierra forestal, la sanción es de hasta 6 meses en una cárcel del respectivo condado, si se trata de un delito menor. Pero cuando se considera un delito mayor, la pena es de un periodo de 16 meses a 3 años en la prisión del estado.

  1. Si se prende fuego a una estructura o propiedad habitada, es castigado hasta por un año en una cárcel del respectivo condado, si se trata de un delito menor. Mientras que, si se trata de un delito mayor, se impone un periodo de 2 a 4 años en la prisión del estado.

  1. Si un individuo sufrió una lesión corporal considerable a causa del incendio, se impone un encarcelamiento de un año como delito menor, mientras que como delito mayor se castiga con un periodo de 2 a 6 años en la prisión del estado.

  • Invasión de propiedad ajena 602 PC. Cuando un individuo ingresa o permanece en una propiedad ajena sin la autorización de su propietario, ni un derecho para ello, está perpetrando este delito.

Además del artículo 602 PC, existen otras disposiciones vinculadas en el Código Penal, que regulan actos que pueden considerarse una invasión de una propiedad que no le pertenece. Algunos de los más comunes son los que señalaremos a continuación.

  • Ingresar a un inmueble ajeno con el propósito de ocasionar daños.

  • Ingresar a un inmueble ajeno con el propósito de obstaculizar las actividades u operaciones de negocios que allí se llevan a cabo.

  • Ingresar a un inmueble ajeno sin la autorización de su propietario y ocuparlo.

  • Negarse a abandonar una propiedad privada luego de que el dueño le ha pedido que lo haga.

Sin embargo, existen ciertos elementos que son comunes para casi todos los tipos de invasión que están contemplados en la ley del estado de California. Estos son los siguientes:

  1. Entrar de manera intencional a una propiedad que le pertenece a alguien más.
  2. Tener la intención precisa de vulnerar sus derechos de propiedad.
  3. Vulnerar sus derechos de propiedad.

Con respecto a las sanciones que estipula la ley para este acto delictivo, estas varían según los hechos ocurridos. Por lo que puede tratarse de un delito menor o una infracción. La mayoría de los casos se consideran un delito menor, y se castigan con una libertad condicional informal, un periodo máximo de 6 meses de encarcelamiento en el respectivo condado y/o una multa por un monto máximo de 1.000 USD. Sin embargo, algunos casos de delito menor se castigan con un encarcelamiento de un año.

Por otra parte, el fiscal presentará cargos por una infracción cuando ingresa a un terreno ajeno a propósito y sin la autorización de su dueño, siempre que este terreno se encuentre cercado con un muro o esté rodeado de carteles que prohíben el paso. La sanción por esta infracción es una multa por una suma de 75 USD si es la primera vez que es condenado por este acto delictivo, mientras que si es la segunda vez que perpetra el acto en el mismo terreno, la multa será de 250 USD.

¿Cómo contactar a un abogado de este delito cerca de mí?

Si está siendo acusado de cometer un delito, es imprescindible que un abogado lo represente en el procedimiento judicial, ya que se encargará de recabar pruebas y establecer una defensa contundente para que no sea condenado. En nuestra firma de abogados se encuentran los mejores abogados para lograrlo, por lo que no debe dudar en contactarnos lo más pronto posible.

Para programar su consulta con un abogado de Incendio Provocado de Vista Criminal Attorney Law Firm, llame al 760-691-1551.