La violación se define normalmente como tener relaciones sexuales no consensuadas, sin embargo, aun teniendo el “consentimiento” sigue siendo posible que lo acusen de haber cometido un crimen, esto porque según la ley de California ciertas personas no tienen capacidad para dar su consentimiento, tal es el caso de los menores de edad.

Es por ello que en California tener relaciones sexuales con un menor de 18 años se considera “violación estatutaria” aun cuando los actos de este tipo no se hayan llevado a cabo por medio de la fuerza o amenazas sino con la voluntad de la víctima menor o incluso iniciado por esta.

Este delito se trata con mucha severidad en el Estado de California y por tanto los acusados de cometerlo se enfrentan a largos periodos de prisión y multas muy costosas. Por ello es importante ante estos casos contratar a un abogado.

Si ha sido acusado de violación estatutaria en Vista, CA puede llamar al bufete jurídico de Vista Criminal Attorney Law Firm para que nuestro grupo de abogados evalúen su caso y determinen la estrategia de defensa a seguir. ¡Llame ya!

Análisis de la ley de Violación Estatutaria de California

En las siguientes líneas vamos a abordar todo lo que debe saber sobre este delito, incluyendo los elementos que lo configuran, defensas legales, sus sanciones y demás aspectos legales importantes regulados por las leyes.

¿Qué establece la ley de Violación Estatutaria de California?

La violación estatutaria está prevista en el artículo 261.5 del Código Penal de California (PC por sus siglas en ingles) y tipifica como delito que una persona tenga relaciones sexuales con un menor de edad que no sea su cónyuge.

En esos términos, los elementos que configuran el delito son tres:

  • Que el acusado haya tenido relaciones sexuales con la víctima
  • Que la víctima sea menor de 18 años
  • Que el menor no sea cónyuge del acusado

A continuación explicaremos en detalle cada uno de los elementos del crimen a fin de que usted conozca sus aspectos legales.

Que el acusado haya tenido relaciones sexuales con la víctima

Sobre este elemento es importante señalar que realmente no importa hasta donde haya llegado el sexo, si fue mínimo o mucho, ni tampoco si la persona eyaculó o no. Por más leve que sea el coito, contará como violación estatutaria.

Otro punto igualmente importante es que para que se configure el delito no es relevante que el acusado se haya valido de la fuerza o amenaza para lograr tener relaciones sexuales con el menor.

Que la víctima sea menor de 18 años

Como lo mencionamos en líneas anteriores, para que se configure el delito no es relevante que el perpetrador haya obligado al menor a tener relaciones sexuales, de hecho, incluso si esta fue iniciada por el menor igual se le atribuye la responsabilidad penal al acusado. Si bien esto puede parecer ilógico tiene una explicación razonable.

Según las leyes de California la edad requerida para que una persona pueda otorgar legalmente su consentimiento sexual es a partir de los 18 años, por ende, cuando se es menor de esa edad cualquier aceptación o aprobación que se haga sobre un acto sexual es inválido. Por tanto cualquier acto sexual que se practique con un menor es un delito.

Ahora bien, cabe mencionar que las leyes son bastante estrictas al respecto de la edad de la víctima. Si esta cumple los 18 años al día siguiente de haber tenido relaciones sexuales igual podrán acusarlo de este hecho punible, porque lo que importa es que la víctima haya sido menor de edad al momento de la relación sexual, de hecho la víctima o sus familiares tienen de uno a tres años para ejercer una acción penal.

Por otro lado, vale la pena mencionar que, si bien la ley exige que la víctima tenga 18 años, nada se establece sobre la edad del acusado y esto se debe a que la edad de este no es relevante. De hecho, técnicamente hablando los menores también pueden ser procesados por tener relaciones sexuales con otros menores, sin embargo, aunque esto sea posible es muy poco probable que suceda.

Que el menor no sea cónyuge del acusado

Esta es una excepción al delito. Si el menor y la persona acusada son cónyuges, tener relaciones sexuales entre sí no constituirá un crimen.

Esto quizás le suene contrario al planteamiento establecido sobre la edad legal para dar consentimiento sexual, pero también tiene su explicación y es que contraer matrimonio es una forma de emancipar a un menor.

Si no conoce qué es la emancipación se lo explicamos brevemente. La emancipación permite que los adolescentes se hagan legalmente adultos antes de cumplir los 18 años, bajo ese estado el menor sale de la custodia y control de sus padres o tutores legales y accede a su autonomía, por tanto puede consentir tener relaciones sexuales.

¿Qué señala la Ley de Romeo y Julieta? ¿Es aplicable en el Estado de California?

En ciertos Estados hay una normativa legal elimina cualquier tipo de responsabilidad penal o civil por violación estatutaria si las partes involucradas tienen una edad cercana, o siendo menores tienen relaciones sexuales por mutuo consentimiento sin estar casadas, dicha normativa típicamente lleva el nombre de “Ley de Romeo y Julieta”, pero en California ese no es el caso pues no se aplica.

¿Las denuncias y demandas fundadas en este delito prescriben en California?

La respuesta es sí. Tanto las acciones penales como las civiles por este delito están sujetas a estatutos de limitaciones que extinguen el reclamo de derechos pasado un periodo de tiempo específico.

Para el caso de las acciones penales, depende de la calificación del delito. Si es por un delito menor el reclamo prescribe cumplido el primer año. Pero por un delito grave el reclamo prescribe cumplidos los 3 años. Cabe señalar que, aunque los estatutos de limitaciones se actualizaron en el 2019 para ciertos delitos sexuales, estos a la fecha que se suscribe el presente artículo no son aplicables para la violación estatutaria.

Ahora, para las acciones civiles el estatuto de limitaciones es más flexible ya que el derecho para demandar es hasta los 40 años de la víctima. Pero si esta es mayor de esa edad, aun puede demandar dentro de los 5 años posteriores de haber descubrido que tiene algún tipo de trauma piscologico causada por el incidente de violación estatutaria que sufrió.

¿Cómo puedo luchar contra cargos de este tipo?

Para luchar contra cualquier cargo lo primero es contratar a un abogado de defensa criminal para que realice un análisis de su caso en particular y determine la defensa más adecuada para este, ya que aplicar una defensa no es algo que se deba hacer precipitadamente, todo lo contrario, necesita de análisis y estrategia.

Algunos de los detalles que se deben revisar antes de ejercer una defensa son las pruebas que posee a su favor, las que se presentaron en su contra, leyes que se aplican a su caso y los hechos que dieron lugar a que fuera investigado por este crimen.

Por ejemplo, si se alega “falsas acusaciones” sin revisar o pensar antes en las posibles pruebas en su contra, y la Fiscalía tiene un video suyo teniendo relaciones sexuales con el menor de edad, la defensa empleada no tendrá ningun efecto.

Ahora bien, un abogado puede emplear las siguientes defensas para combatir estos cargos:

  • El acusado pensó que la víctima era mayor de edad
  • Falsas acusaciones
  • Evidencias Insuficientes

A continuación se explica en qué consiste cada una de las nombradas.

El acusado pensó que la víctima era mayor de edad

Si bien tener relaciones sexuales con un menor es un delito, en ocasiones una justificación que exime la responsabilidad penal por cometer tal acción es haber pensado razonablemente que la víctima era mayor de edad o porque esta lo engañó sobre su verdadera edad. Este alegato es algo difícil de emplear, pero si las circunstancias del caso lo permiten el abogado criminalista podrá acreditar el hecho y convencer al jurado sobre la certeza de su alegato.

Algunas pruebas de las que se puede valer la defensa para demostrar un pensamiento razonable sobre la mayoridad de la supuesta víctima son: mensajes de textos donde el menor afirma tener más edad, la edad que aparece en sus redes sociales, aspecto físico del menor, que los lugares frecuentados por el menor son espacios donde solo pueden ingresar mayores de edad, como por ejemplo los bares y clubes nocturnos. Todo ello depende mucho de las circunstancias del caso.

Un escenario que nos puede servir de ejemplo es el siguiente caso: Nate un joven de 30 años habla con Chloe mediante redes sociales, ella aparenta tener al menos 20 años en su foto de perfil y al constatar su información en línea verifica que dice tener esa edad, pero realmente Chloe tiene 17 años con un cuerpo muy mayor, ambos deciden conocerse en un club nocturno, tienen relaciones sexuales, y la madre de Chloe acusa a Nate de violación estatutaria. En este caso, varios factores influyeron en que Nate pensara razonablemente sobre que Chloe era mayor de edad: su aspecto físico, la información de su perfil y que ingresó sin problemas a un club nocturno solo para mayores. De haber sabido o pensado que la chica tenía 17 años quizás nunca hubiera tenido sexo con ella.

Falsas Acusaciones

Este es un delito que debido a que no requiere necesariamente de pruebas físicas es relativamente sencillo formular una falsa acusación por motivos de venganza, para amenazar o conseguir algún tipo de beneficio con ello.

Por ejemplo, su exesposa manipula a su hija o su sobrina para que lo acusen de tener relaciones sexuales y así quitarle la custodia de sus hijos o amenazarlo para conseguir que un acuerdo de divorcio que la favorezca y dejarlo sin un centavo.

En estos casos no puede cometer el error de creer que las autoridades descubrirán la verdad por sí mismos, porque dado que se tratan de crímenes contra menores de edad estos suelen ser muy estrictos y severos con los acusados. Ante falsas acusaciones hay incluso más necesidad de contratar a un abogado penalista especializado para que desvirtúe los argumentos del Fiscal y ponga la lupa en las “evidencias” en su contra para mostrar incongruencias y exponer las verdaderas intenciones de la acusación.

Para combatir las falsas acusaciones el abogado defensor puede valerse del testimonio de un experto en psicología, llevar al estrado a la supuesta víctima o a la persona que quiere incriminarlo, buscar incongruencias en el testimonio de la víctima, combatir las pruebas debilitándolas, por ejemplo, si se trata de la opinión de un experto la idea será desacreditar al mismo. Además si se tienen pruebas fehacientes como mensajes de texto de la persona amenazando con incriminarlo en el delito de no hacer lo que esta le pide.

Evidencias Insuficientes

El alegato de evidencia insuficiente es precisamente eso: la evidencia que se tiene no es suficiente. Este alegato sirve para señalar que una prueba es sólo circunstancial o que no basta por sí sola para demostrar el elemento que se quiere probar. Por ejemplo si la prueba es un mensaje de texto en el que el acusado le dice al menor “eres muy ardiente” esto no basta para demostrar que ambos hayan tenido relaciones sexuales, distinto fuera que el mensaje dijera “haces un buen sexo” por dar un ejemplo.

¿Qué sanciones prevé la ley de California por este delito?

Una violación al estatuto 261.5 PC se considera un “wobbler” lo que significa que el acusado puede ser imputado de cometer un crimen menor o grave (se tambalea entre esas dos calificaciones, de allí su nombre en inglés). Dicha calificación la determinará la parte acusadora observando:

  1. Las circunstancias que rodean el caso, tales como, edad del acusado y de la víctima, probabilidad de que el acusado reincida nuevamente en el delito, la forma en la que cometió el mismo y cualquier otra circunstancia relevante para el caso.
  2. El historial criminal del acusado.

Las sanciones aplicables a un crimen menor de este tipo son las que se mencionan a continuación:

  • Encarcelamiento por hasta 1 año en una cárcel del condado,
  • Régimen de libertad condicional sumaria, y/o
  • Hasta $1.000 en multas.

Pero como crimen grave las sanciones se agravan y comprenden las siguientes:

  • Encarcelamiento por 16 meses, 2, 3 años, pero si el acusado tiene 21 años o más y el menor 16 o menos, la sentencia mínima es de 2 años y la máxima por 4 años,
  • Régimen de libertad condicional, y/o
  • Hasta $10.000 en multas.

Una pregunta que frecuentemente nos hacen las personas que han llegado a nuestra firma de abogados es si una condena penal con fundamento en el estatuto 261.5 requiere que el acusado se registre como delincuente sexual. La respuesta es NO, sin embargo, tenga en cuenta que hay delitos relacionados con el de violación estatutaria bajo los cuales también podrían acusarlo y que sí requieren el registro, tal es el caso del delito de actos lascivos a un menor.

Ahora bien, lo anterior es para el caso de ser condenado penalmente, pero como anteriormente lo mencionamos, también se pueden ejercer acciones civiles en su contra.

¿Cuáles son las sanciones que se imponen al ser condenado civilmente?

Las víctimas de ciertos delitos sexuales en los que se incluye la violación estatutaria, pueden demandar civilmente a sus perpetradores por daños y perjuicios. A diferencia de las acciones penales, las civiles no contemplan pena de prisión sino la compensación económica de los daños y perjuicios causados a la víctima como consecuencia del mal que produjo el autor con su crimen.

Las sanciones civiles que se manejan por este delito son las siguientes:

  • Si la víctima es menos de 2 años menor que su perpetrador el Tribunal impondrá una compensación económica de $2.000.
  • Si la víctima es 2 años menor que el perpetrador el Tribunal impondrá una compensación de $5.000.
  • Si la víctima es 3 años menor que el perpetrador el Tribunal impondrá una compensación de $10.000.
  • Si la víctima era menor de 16 años y el perpetrador tenía 21 años o más, el Tribunal impondrá una multa de $25.000.

Tenga en cuenta que una persona puede ser condenada a pagar una compensación económica a la víctima aun cuando no lo hayan declarado culpable penalmente por este delito. Esto se debe a que en los juicios civiles por este delito no son juicios de certeza sino de presunción grave, es decir, el jurado decide cuál de las dos versiones (de la víctima y del acusado) es más probable que sea cierta, pero no tienen que estar seguros de que sea así.

Nota: Cabe aclarar que estas sanciones se aplican únicamente si el acusado es mayor de edad.

¿Qué delitos se relacionan con el de Violación Estatutaria?

Hay otros crímenes que se encuentran relacionados con el de violación estatutaria bajo los cuales también podría ser acusado junto con este hecho punible. Algunos de estos son:

  • Violación – Sección 261 PC
  • Sodomía – Sección 286 PC
  • Cópula Oral con un Menor – Sección 287 PC
  • Actos Lascivos con un Menor – Sección 288 PC

A continuación explicamos cada uno de estos delitos para darle una idea al menos general de los actos ilícitos de índole sexual que regulan las leyes antes precisadas.

Violación – Sección 261 PC

La violación si bien no se puede acusar en conjunto con la violación estatutaria, es importante conocer la diferencia entre ambos delitos.

La violación se define como tener relaciones sexuales con otra persona sin su consentimiento valiéndose del empleo de fuerza o amenazas para lograr tal objetivo. Lo que la diferencia de la violación estatutaria, es que esta última no requiere el uso de la fuerza o amenazas ni menos aun la falta de voluntad del menor para tener relaciones sexuales porque, como lo mencionamos con anterioridad, los menores no tienen capacidad legal para consentir actos sexuales.

Sodomía – Sección 286 PC

La sodomía es la cópula anal con una persona sin su consentimiento. Si las víctimas de este delito son menores de edad, la condena puede incluir la obligatoriedad de registrarse como delincuente sexual.

Cópula Oral con un Menor – Sección 287 PC

Cópula oral se refiere a copular la boca con el pene, vagina o ano de una persona. Cuando esta acción se practica con un menor se considera un delito muy severo que se puede llegar a castigar con hasta 8 años de prisión.

Actos Lascivos con un Menor – Sección 288 PC

Este delito implica tocar a un niño con fines sexuales o hacer que este se toque a sí mismo o a otra persona. Una sanción por este delito depende de si se empleó fuerza contra el menor y si se le causaron lesiones o no. En términos generales la condena puede comprender desde 3 años en una prisión estatal a cadena perpetua.

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Enfrentar cargos por este delito es un escenario legal bastante complicado, sobre todo porque se trata de un acto punible de índole sexual que se comete contra menores de edad y esto hace que sea un tema delicado y sobre el cual las autoridades ponen especial empeño.

De ser condenado posiblemente pase un largo periodo en prisión, tenga que pagar altas sumas de dinero en multas, compensaciones y su reputación quede manchada debido a su historial criminal.

Todas esas son razones suficientes por las que debe actuar de inmediato y contratar los servicios de un abogado. No importa que tan compleja se vea su situación, en cualquier caso es determinante estar representado legalmente, ya que una defensa estratégica puede cambiar todo su panorama legal de perjudicial a favorable.

Si reside en Vista, CA llame ahora mismo al 760-691-1551 para que un abogado criminalista de Vista Criminal Attorney Law Firm tome su caso, le ayude a comprender su escenario legal y establezca la estrategia de defensa a seguir. No ponga en riesgo su libertad y deje su caso en buenas manos.