El delito de posesión de sustancias controladas es uno de los ilícitos relacionado con drogas que se produce con mayor frecuencia en el Estado de California, el mismo está estrictamente regulado por el Código de Salud y Seguridad, el cual establece sanciones para castigar dicho crimen, tales como, privación de libertad y pago de altas sumas de dinero por concepto de multa.

Profundizando un poco en el tema, se considera necesario indicar que el término “sustancia controlada” se refiere a un conjunto de drogas las cuales son reguladas y vigiladas por el Estado, dado que su administración ocasiona dependencia y efectos negativos para el organismo de quien las consume. Estas abarcan drogas ilegales, así como también drogas cuyo uso en la medicina es permitido, pero sólo bajo estricta vigilancia de un médico, lo cual implica que una persona para poseer este tipo de sustancias debe tener una orden médica válida.

Muchas personas le restan importancia al asunto cuando se enteran de que se han presentado cargos en su contra por la ejecución de este tipo de hecho punible, sin imaginar que una condena por posesión de sustancias controladas ocasiona diversas consecuencias legales negativas para su vida, las cuales impactan su futuro y oportunidades profesionales.

Por esto, si usted se encuentra acusado por la comisión del delito de Posesión de Sustancias Controladas en Vista, CA, lo más aconsejable es que solicite asesoría en Vista Criminal Attorney Law Firm. Al contratar los servicios de un abogado capacitado de nuestro bufete, se formularán las estrategias de defensa que mejor se adapten a su caso. ¡Contáctenos hoy!

¿Qué es la Posesión de una Sustancia Controlada?

Se trata de un delito contemplado en el artículo 11350 del Código de Salud y Seguridad, el cual señala como perpetrador de este ilícito a cualquier persona que tenga bajo su posesión alguna sustancia controlada. Se puede tratar de:

  • Fármacos utilizados para tratar ciertas dolencias cuyo principio activo genera adicción o daños al organismo de quien lo consume, por lo cual se exige una prescripción otorgada por un médico que posea una licencia para ejercer su profesión en California; o
  • Drogas ilegales, las cuales de igual forma son catalogadas como sustancias controladas cuya posesión configura la comisión de un delito de este tipo.

En conclusión, tanto los fármacos sin prescripción médica como las drogas ilegales son consideradas sustancias controladas, y su posesión ilícita es severamente sancionada por la ley.

¿Qué elementos deben probarse para que pueda imputarse este delito?

Para poder imputar a una persona la ejecución de este delito, el Fiscal debe demostrar lo siguiente:

  • Que el acusado poseía una sustancia legalmente controlada.
  • Que la posesión era ilícita.
  • Que el acusado conocía la naturaleza y existencia de la sustancia controlada.
  • Que la dosis encontrada era una cantidad suficiente para ser ut

Que el acusado poseía una sustancia legalmente controlada

Con respecto a esto, el término “posesión” tiene 3 alcances legales:

  • Tenencia o Posesión Real: la cual se refiere al control físico inmediato sobre una sustancia controlada. Por ejemplo, cuando se halla droga en la vestimenta de una persona.
  • Tenencia o Posesión Constructiva: la cual incluye aquellos casos en los cuales la sustancia controlada es encontrada en un lugar sobre el cual el acusado tiene control. Por ejemplo cuando la sustancia es hallada en la oficina del acusado, a la cual sólo él tiene acceso.
  • Tenencia o Posesión Conjunta: abarca aquellos casos en los cuales dos o más personas comparten la posesión real o constructiva de la droga. A manera de ejemplo se señala lo siguiente: Luisa y Daniela viven en la misma casa y tienen droga guardada en un armario de la cocina, lo cual era una circunstancia conocida por las dos y ambas estaban de acuerdo. En este supuesto se evidencia que ambas personas saben que existe la sustancia y ninguna se opuso a esta situación.

Que la posesión era ilícita

Dado que el ordenamiento legal cuando habla de sustancias de este tipo abarca drogas ilegales así como también medicamentos cuyo principio activo se considera peligroso cuando se administra sin supervisión médica, esto ocasiona que su posesión exija la existencia de una orden médica válida otorgada por un profesional.

Que el acusado conocía la naturaleza y existencia de la sustancia controlada

Esto se refiere al hecho de que no es suficiente que el acusado tenga la sustancia bajo su posesión, sino que el mismo debe tener conocimiento de que se trataba de una sustancia controlada por el Estado. Este es un elemento que debe ser probado por el Fiscal por lo tanto si no logra demostrarse el conocimiento por parte del acusado el mismo debe ser absuelto por este delito.

Que la dosis encontrada era una cantidad suficiente para ser utilizada

Esto quiere decir que el acusado debe poseer una cantidad suficiente de sustancia para realizar su consumo, por lo tanto los residuos o restos encontrados de droga no son suficientes para condenar a alguien por la comisión de este delito. Sin embargo, no se exige que la cantidad de sustancia controlada encontrada sea suficiente para causar los efectos narcóticos que estas usualmente generan.

¿Cómo se clasifican las Sustancias Controladas?

El ordenamiento legal divide las sustancias controladas de acuerdo a cinco categorías en atención a sus características y los efectos que producen, las cuales van desde las más dañinas hasta las menos peligrosas.

Dichas categorías son tomadas en consideración al momento de dictar una condena, las cuales se vuelven más estrictas dependiendo de la sustancia involucrada en el ilícito.

Estas categorías están estructuradas de la siguiente forma:

Categoría 1

Está conformada por depresores, alucinógenos y opiáceos, que son altamente adictivos para las personas que los consumen y generan un peligro sanitario. Entre dichas sustancias pueden mencionarse las siguientes:

  • Mescalina
  • Cocaína base
  • Peyote
  • Heroína
  • Bufotenina

Categoría 2

Está conformada por sustancias que si bien representan un peligro para el organismo, se utilizan en ciertos tratamientos bajo estricta vigilancia médica.

Con respecto a la posesión de este tipo de drogas, se exige una prescripción médica válida otorgada por un profesional de la salud dado que su consumo sin vigilancia médica puede ocasionar efectos nocivos en el organismo.

Dicha clasificación incluye las siguientes sustancias:

  • Ritalin
  • Opio
  • Hidrocodona
  • Cocaína
  • Adderall
  • Morfina
  • Anfetamina

Categoría 3

Incluye sustancias con potencial inferior para causar adicción y abarca sustancias que han sido utilizadas en tratamientos médicos.

Las más comunes de esta categoría son:

  • LSD
  • Clortermina
  • Mazindol
  • Ketamina
  • Benzfetamina
  • Testosterona

Categoría 4

Abarca sustancias que a pesar de representar un riesgo muy bajo en relación a las anteriores, si se administran en grandes dosis pueden ocasionar efectos dañinos para la salud del consumidor.

  • Ativan
  • Pemolina
  • Xanax
  • Diazepan
  • Valium

Categoría 5

Comprende sustancias que no representan un nivel de peligro tan elevado, sin embargo se requiere la existencia de una orden médica válida para su consumo.

Entre las más comunes están:

  • Buprenorfina
  • Pregabalina
  • Difenoxilato

¿Cómo castiga la ley este delito?

En el Estado de California se regulan estrictamente este tipo de ilícitos, lo cual significa que el mismo acarrea estrictas sanciones. Es considerado como un wobbler, lo cual implica que el fiscal puede calificarlo como un delito menor o como una felonía, previo estudio de los hechos que originaron el caso.

En caso de ser calificado como un delito menor pueden aplicarse las siguientes sanciones:

  • Privación de libertad por el periodo de hasta un año.
  • Pago de una suma de dinero que no excede de000 dólares por concepto de multa.
  • Régimen de libertad condicional.
  • La obligación de prestar servicio comunitario, entre otras condiciones.

Si por el contrario es procesado como una felonía puede ordenarse:

  • Privación de libertad por el periodo mínimo de dieciséis meses y máximo de tres años.

Normalmente estos casos son calificados como delito menor, pero pueden presentarse cargos por la comisión de una felonía en atención a los antecedentes penales del acusado, por ejemplo: cuando el mismo ha sido condenado anteriormente por delitos más graves tales como, homicidio, delitos sexuales violentos, crímenes sexuales contra un menores de 14 años, o un crimen sexual que requiera el registro como un delincuente sexual en california.

Además pueden imputarse cargos por felonía dependiendo de la cantidad de droga con la cual fue encontrado el acusado.

¿Cómo afecta a una persona ser condenada por Posesión de Drogas?

Una sentencia por posesión de drogas ocasiona consecuencias negativas en la vida del condenado, en diferentes ámbitos:

  • Derecho de portar armas.
  • Derechos Migratorios.
  • Ámbito personal, financiero y profesional.

Derecho de portar armas

Una persona condenada por un delito grave de posesión de sustancias controladas será restringida de su derecho de portar armas.

Derechos Migratorios

Este es uno de los ámbitos con respecto al cual se produce un fuerte impacto en sentido negativo en la vida del acusado, dado que si el condenado es inmigrante, el mismo puede ser deportado puesto que cualquier sentencia condenatoria por delitos de drogas es considerada como un delito deportable.

En estos casos un inmigrante puede ser deportado independientemente de que su estatus migratorio sea legal o ilegal en el país, y no importa alegar la propiedad de bienes dentro del país o que tiene algún hijo menor el cual nació en el territorio de los Estados Unidos.

De igual forma se puede ordenar la inadmisibilidad del condenado en el País lo cual prohíbe la entrada del mismo a los Estados Unidos y la prohibición de solicitar una visa.

Ámbito personal, financiero y profesional

Las personas condenadas por este tipo de ilícitos, ven afectadas negativamente sus oportunidades de conseguir empleo, alquilar una vivienda, e incluso obtener una licencia profesional.

¿Existen propuestas alternativas en los casos de condenas por delitos de posesión de drogas?

La respuesta es sí, puesto que en California se considera más adecuada la imposición de un programa de rehabilitación, que el cumplimiento de una condena privativa de libertad, en aquellos casos en los cuales se trate de personas involucradas en delitos de droga no violentos.

Dichos programas también son conocidos como “programas de desviación de drogas”, los cuales tienen como objetivo que los involucrados en delitos de drogas por primera vez no caigan en una conducta de abuso de las mismas. En caso de que la Corte apruebe dicho programa como desvío de sanción,si el mismo es finalizado con éxito, se revertirán los cargos penales presentados en contra del acusado.

Entre dichos programas se encuentran los siguientes:

  • Propuesta 36.
  • Programa de tratamiento de drogas en libertad.
  • Tribunales especiales sobre drogas.

¿Se puede solicitar la eliminación de los antecedentes penales originados por este ilícito?

El artículo 1203.4 del Código Penal permite que los condenados por un grupo específico de ilícitos puedan limpiar su expediente penal, siempre que los mismos hayan culminado oportunamente su periodo de privación de libertad o su régimen de libertad condicional de acuerdo al caso.

Dicho beneficio permite a gran cantidad de personas condenadas por este tipo de delitos evitar los efectos negativos que una sentencia puede acarrear para su vida.

Para acceder a esta posibilidad el condenado debe realizar una solicitud dirigida a un Juez, el cual establecerá una audiencia para después notificar a la Fiscalía con el fin de que se presente y manifieste su oposición a dicha solicitud en el supuesto de haber motivos, una vez examinada la solicitud y atendidos los alegatos, el Juez tomará una decisión la cual informará posteriormente a las partes.

En caso de presentar una solicitud de este tipo se aconseja al condenado solicitar asesoría y representación de un abogado, quien basado en sus conocimientos probablemente le ayudará a obtener una decisión favorable.

¿Qué debo hacer en caso de ser detenido por Posesión de Sustancias Controladas?

En caso de ser detenido por la ejecución de un delito de esta categoría se recomienda lo siguiente:

  • Guarde silencio. Este es un derecho consagrado por la ley el cual le evitará que su situación se complique.

Recuerde que cualquier declaración por inofensiva que parezca, al ser emitida ante las autoridades puede ser utilizada en su contra posteriormente en un Tribunal, lo cual a su vez limita las estrategias que podrá utilizar su abogado para defenderlo, por lo tanto evite hacer cualquier tipo de comentario hasta que no cuente con la asesoría de un abogado que pueda orientarlo durante el proceso.

  • No se resista a la detención. Puesto que dicha acción puede ser interpretada como obstrucción a la justicia, lo cual posiblemente ocasione que deba enfrentar cargos en su contra también por este delito.
  • Contrate un abogado. Ser asistido por un profesional con amplios conocimientos en la materia desde el inicio del proceso, probablemente hará la diferencia con respecto a la resolución de su caso, puesto que el mismo mediante el estudio de todos los elementos que dieron origen a este y las consecuencias que generó, se encargará de seleccionar los alegatos de defensa más adecuados para usted.

¿Cuáles alegatos se utilizan para la defensa de estos casos?

Como se mencionó anteriormente lo primero que debe hacer una persona al saber que se presentaron cargos en su contra por la comisión de un delito de este tipo, es contactar un abogado para que lo oriente durante todas las fases del proceso. Un profesional del derecho actuará basado en la ley y de acuerdo a las características de su caso en particular para construir la estrategia de defensa más favorable para usted.

Entre los alegatos utilizados por un abogado defensor en la mayoría de estos casos están los siguientes:

  • Desconocimiento
  • La sustancia no estuvo bajo el control del acusado
  • El acusado poseía una orden médica válida
  • Incautación ilegal
  • Posesión Temporal
  • Falta de pruebas
  • Cuarta Enmienda Constitucional

Desconocimiento

Esta estrategia de defensa se utiliza en aquellos casos en los cuales el acusado desconoce la existencia de la sustancia, es decir no tenía conocimiento de que la droga estaba en el lugar en donde fue hallada o no tenía conocimiento de que era una sustancia controlada por el Estado. Un ejemplo es un joven diagnosticado con cáncer el cual sufre un dolor muy severo producto de la enfermedad, para lo cual una vecina le administra morfina, y el acepta sin saber que se trata de una sustancia legalmente controlada por el Estado. En este supuesto no se puede imputar al joven la ejecución de un delito porque él no conocía la naturaleza de la sustancia.

La sustancia no estuvo bajo el control del acusado

Este alegato se emplea en aquellos casos en los cuales la droga fue hallada en un lugar con respecto al cual el acusado no tiene acceso.

El acusado poseía una orden médica válida

Como se mencionó con anterioridad las sustancias controladas incluyen medicamentos utilizados para tratar ciertas dolencias, capaces de causar adicción o efectos dañinos en el organismo de quien los consume, por lo cual se exige que para que una persona pueda tener posesión de los mismos debe tener una orden médica válida otorgada por un profesional de la salud.

Esta línea de defensa se utiliza en aquellos casos en los cuales el acusado es detenido por tener en su poder un medicamento de este tipo, pero no pudo exhibir la orden médica ante la autoridad puesto que la dejó olvidada, en este supuesto el defensor puede llevar la prescripción médica al Tribunal y lograr que se retiren los cargos, previa evaluación de la misma.

Esta estrategia no puede usarse en aquellos casos en que la cantidad de sustancia hallada excede la indicada en la orden médica o cuando se ha utilizado una prescripción ilícita.

Incautación ilegal

Este tipo de alegatos se utiliza en aquellos casos en los cuales las pruebas son obtenidas de una manera ilegal.

Las autoridades recopilan la mayoría de las pruebas a través del procedimiento de incautación. Por lo tanto, si dicha incautación fue realizada violando la ley se puede exigir el derecho constitucional de ser liberado debido a cateos e incautaciones ilegales.

Es importante tomar en cuenta que uno de los elementos más importantes para que se pueda llevar a cabo el dictamen de una sentencia condenatoria son los medios probatorios, los cuales van a permitir fundamentar la misma.

Esto quiere decir que no se puede usar ninguna prueba que se haya obtenido ilegalmente para dictar una condena. Si se tiene éxito, entonces se pueden excluir las pruebas y el caso se puede desestimar.

Posesión Temporal

Se utiliza esta línea de defensa cuando el acusado solo tuvo posesión temporal de la droga con el objeto de destruirla o dar por terminada la posesión ilegal de esta por parte de otra persona.

No puede alegarse esta defensa cuando la intención del acusado era evitar la incautación de la droga por parte de las autoridades.

Falta de pruebas

Se emplea esta defensa en aquellos casos donde hay carencia de medios probatorios capaces de probar más allá de toda duda razonable la ejecución de un delito por parte del acusado. En el supuesto de que se declare procedente el alegato expuesto por el abogado defensor, puede ordenarse la absolución del caso.

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Como se puede observar, ser condenado por la comisión de un delito drogas de este tipo en el Estado de California, es un problema grave, al cual no se le debe restar importancia, dado que el mismo puede originar una gran variedad de sanciones las cuales incluyen: privación de libertad, pago de altas sumas de dinero por concepto de multas, deportación en caso de ser inmigrante independientemente de que su estadía sea legal o ilegal en el país, prohibición de portar armas, entre otras, las cuales pueden ser evitadas o disminuidas si el imputado es asesorado por un experto con amplios conocimientos en la materia, capaz de representarlo.

Es por esto que si usted o algún conocido suyo se encuentra actualmente acusado por la comisión de un delito de Posesión de Drogas en Vista, CA, le aconsejamos que solicite asesoría de un abogado en Vista Criminal Attorney Law Firm, donde contamos con más de 75 años de experiencia con una trayectoria impecable. Llame al número 760-691-1551 en donde será atendido de inmediato durante las 24 horas del día, los 7 días de la semana y ponga sus problemas legales en manos de un profesional, ¡No lo piense más! ¡Llame ya!