Se trata de una conducta criminal que se entiende ejecutada cuando un sujeto elabora, emite, posee, pasa o trata de cambiar o de hacer uso de un cheque que es falso o que ha sido alterado, siempre que haya tenido el propósito de cometer un fraude contra otra persona. También se encuentra incluida en la normativa que regula este hecho punible poseer un pagaré, factura o cheque que sea falso o se haya alterado, sin importar que pertenezca a un banco verdadero o ficticio.

Realizar cualquiera de las actividades a las que hemos hecho alusión o simplemente poseer un cheque falso es una conducta que se castiga severamente en California, con largas penas de prisión y multas cuantiosas, y puede ocasionar otros efectos que pueden incidir negativamente en su vida futura.

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La actividad ilegal a la que nos referimos en este artículo es considerada muy seria, por eso las autoridades se preocupan por investigar y castigar a aquellos individuos sospechosos de realizarla, por ello si alguno de sus allegados o usted mismo está siendo investigado o ha sido inculpado de fraude con cheques en Vista CA, necesita la asesoría legal experta que podemos brindarle en Vista Criminal Attorney Law Firm, ya que tenemos abogados criminalistas especializados en esta clase de hecho punibles, que podrán estudiar las características de su caso y encontrarán los argumentos de defensa que sean más oportunos para mejorar su situación legal, logrando una disminución de los cargos, y en el mejor de los escenarios, que sean desestimados.

Sin que este artículo pueda ser considerado como una especie de asesoría legal, tenemos la intención de explicar los aspectos más relevantes de esta conducta delictual, para que tengan una idea más clara de aquello a lo que tendrán que hacer frente por un cargo de esta naturaleza.

¿Qué se entiende por fraude con cheques en California?

Según lo establecido en el artículo 476 del Código Penal de este Estado elaborar, emitir, pasar, poseer, usar, cambiar o aprobar un cheque que sea fraudulento o falso es un delito que además se califica como un wobbler, por lo que podrá ser considerado como felonía o como delito menor, y posee una pena máxima de tres años de cárcel.

Concretamente, el artículo 476 antes mencionado establece que todo individuo que elabore, transmita, pase, posea o apruebe un cheque fraudulento, alterado o falso, que pertenezca a una institución financiera verdadera o falsa, con el propósito de defraudar a cualquier otro sujeto, habrá cometido este hecho punible.

Algunos ejemplos de esta clase de conductas ilícitas son:

  • Falsificar el nombre del propietario en un cheque.
  • Modificar el monto en dólares de un cheque agregando números.
  • Fabricar un cheque ficticio o falso.

Se puede decir que la manera más usual en la que se comete este hecho ilícito es firmar o endosar un cheque a nombre de otro individuo, sin haber tenido previamente su autorización. Esto puede ocurrir aunque el cheque sea auténtico, porque se convertirá en fraudulento o falso desde el instante en que se coloquen en el mismo unos datos falsos o ficticios, así como datos no autorizados, modificar su monto, su fecha, su beneficiario o su número de ruta. De manera que este delito se comete no sólo cuando se fabrica un cheque ficticio, sino también cuando un cheque legítimo es rellenado con datos falsos.

Otra conducta mediante la cual también se asume cometido este hecho punible es cuando su propietario emite un cheque con los datos correctos, pero por una cantidad superior a la que tiene disponible en su cuenta bancaria, con el propósito de consumar un fraude contra la entidad bancaria, aunque los fondos sean depositados en la cuenta con posterioridad a la emisión del cheque.

¿Qué elementos constitutivos se deben demostrar para determinar la responsabilidad de un acusado por este hecho punible?

Con la finalidad de que se expida una sentencia que declare responsable de esta clase de fraude al acusado, el Fiscal tiene el deber de probar la convergencia de los elementos constitutivos que mencionamos a continuación:

  • El acusado poseía o elaboró, pasó o usó, o trató de pasar o de usar el cheque o la factura alterada, falsa o ficticia, con el propósito de efectuar un pago o adquirir un bien,
  • El acusado tenía conocimiento de que dicho cheque o factura era falsa o alterada, y
  • Al momento en que el acusado realizó el acto tuvo el propósito de cometer un fraude.

En caso de que el procesado haya sido acusado por posesión de un cheque falso, la Fiscalía también tiene la responsabilidad de demostrar:

  • Que el incriminado tuvo la posesión del documento,
  • Que para ese momento tuvo el propósito de pasarlo o usarlo como un documento genuino.

Un cheque falso o ficticio es aquel que no es real o legal. En este sentido, se consideran cheques de esta denominación los siguientes:

  • Un cheque que pertenece a un banco inexistente, y
  • Un cheque endosado por una persona que no existe.

Con el objetivo de aclarar el significado de

algunos de los términos que se emplean en la definición legal de este delito y

en sus elementos constitutivos, procedemos a explicarlos:

Propósito de cometer fraude

El acusado debe actuar con el propósito de cometer un fraude para ser condenado por este acto punible. Ahora bien, un individuo tendrá el objetivo de cometer un fraude si tiene el propósito de engañar a otro sujeto. Ahora bien, para que este delito se entienda cometido, no se exige que un individuo verdaderamente sea víctima de un fraude o que haya sufrido una pérdida económica por causa de la actuación del procesado, ya que basta con que éste haya tenido la intención de realizar una actividad fraudulenta.

Haber alterado, pasado o usado un cheque falso

Un individuo altera, pasa o usa un cheque ficticio o fraudulento cuando le manifiesta a otro sujeto que el referido documento es real o genuino. Esa manifestación puede ser por medio de conductas o palabras y puede hacerse de manera directa o indirecta.

Ahora bien, un individuo modifica un cheque cuando efectúa cualquiera de las siguientes actividades:

  • Agrega números a su monto,
  • Borra algún dato del cheque, o
  • Modifica una parte del cheque.

¿Qué penas pueden imponerse al responsable de ejecutar este crimen?

Como hemos indicado antes, un fraude con cheques integran un wobbler, así que podrá ser procesado como una felonía o como un delito menor a elección de la Fiscalía, dependiendo de que el acusado posea antecedentes penales y de cuáles fueron los pormenores en los que se cometió el hecho imputado, entre las cuáles se encuentra la cantidad por la cual se pretendió utilizar el cheque.

En este sentido, si el cheque ficticio tenía un monto igual a $ 950.00 o inferior, el hecho ilícito debe ser considerado conforme a un delito menor, pero si el monto es superior a los $ 950.00, entonces será procesado conforme a una felonía, aunque hay una excepción a esta regla, contenida en la Proposición 47, promulgada en el año 2014, que establece que si un individuo es procesado al mismo tiempo por el delito de fraude con cheques y por el delito de robo de identidad, se aplicará lo dispuesto en el artículo 530.5 del Código Penal, en cuyo caso la conducta será juzgada como una felonía, sin tomar en cuenta el monto que tenga el cheque.

Hay en la legislación de este Estado otra excepción a la regla de los $950,00, y se aplica en aquellos casos donde el procesado tenga antecedentes penales por delitos violentos mayores o delitos sexuales, quedando a discernimiento del Fiscal que este nuevo cargo sea juzgado como felonía o como delito menor.

En caso de que la Fiscalía decida procesarlo en la categoría de delito menor, las sanciones que se pueden infligir son:

  • Pena privativa de libertad inclusive por un año, y/o
  • Multa cuyo monto máximo puede llegar a mil dólares.

Pero si se decide que sea penado como una felonía, las penalidades que podrían imponerse serán:

  • Pena privativa de libertad hasta por tres años, y/o
  • Multa cuyo monto máximo puede llegar a diez mil dólares.

¿Se pueden formular cargos por fraude con cheques a un nivel federal?

Al respecto, debemos informar que según la sección 1344 de la Ley Federal 18 U.S.C. Se entiende ejecutado un fraude bancario cuando un sujeto comete cualquier tipo de fraude contra una institución financiera, y uno de los medios para cometerlo es usar un cheque falso o fraudulento, con la intención de obtener bienes o dinero en efectivo. Por tanto, es posible que se formulen cargos federales por este delito.

¿Es posible que un procesado sea también condenado a cumplir sanciones de tipo civil en esta clase de delitos?

Ciertamente hay una sanción de tipo civil que se asocia al fraude con cheques, si el acusado es declarado responsable de este hecho punible. Consiste en una sanción económica adicional que se paga a la víctima y que se calcula con base en el monto por el cual se intentó pasar o cobrar el cheque adicionando al mismo 3 veces la cantidad por la que fue emitido. Pero esta sanción sólo es aplicable en aquellos casos en que el valor del cheque no sea inferior a los $100.00 ni superior a $1.500,00. No obstante, esta sanción adicional podría ser evitada si la víctima le da al procesado la opción de efectuar una restitución de la cantidad total de la transacción en la que se utilizó el cheque fraudulento, junto con una tarifa por los servicios que no excederá los $ 25.00 si el delito fue emitir un cheque sin fondos, y de $ 35.00 por cheques falsos.

¿Cuáles son las otras consecuencias que una condena por este hecho punible puede tener?

Hay que advertir que conforme a lo dispuesto en la Ley de Inmigración de EEUU algunas clases de condenas penales pueden dar lugar a que un individuo no ciudadano pueda ser deportado o ser declarado inadmisible, aunque su permanencia sea legal en el país.

En este sentido, tenemos que informar que al menos en un caso en este Estado una Corte determinó que una condena por el delito de falsificación era motivo para un procedimiento de deportación, y un fraude con cheques es una clase de delito de falsificación. De manera que, en función de cómo hayan ocurrido los hechos y las circunstancias que los hayan rodeado, es probable que una condena por el hecho punible al que nos estamos refiriendo en este artículo podría ocasionar efectos negativos en la situación migratoria del procesado.

Con relación al derecho sobre las armas de fuego, las leyes de California disponen que un procesado que haya sido condenado por una felonía pierde su derecho a portar o adquirir armas, así que otro efecto de una condena por este hecho ilícito calificado como grave es que va a afectar negativamente el derecho a portar o adquirir armas en California.

Además, el individuo declarado responsable de este delito tendrá antecedentes penales, lo cual reducirá bastante sus oportunidades de conseguir un nuevo empleo, ingresar en una institución educativa de prestigio, obtener un crédito bancario, optar por una beca y hasta poder alquilar una vivienda, dado que las organizaciones y empresas que se dedican a estas actividades normalmente realizan una investigación sobre los antecedentes de los posibles candidatos y si los poseen serán descartados probablemente de inmediato.

Igualmente, es posible que la existencia de estos antecedentes afecte las posibilidades de un individuo de obtener una licencia para ejercer una profesión en California, como puede ser la de médico o de abogado, ya que se trata de organizaciones profesionales que no admiten que sus miembros realicen determinadas conductas.

¿Se pueden eliminar los antecedentes penales por una condena previa por este hecho punible?

Sí, pero para que esto ocurra es necesario que se cumplan algunos requisitos, entre los cuales se encuentran que el procesado haya cumplido totalmente su pena privativa de libertad o que haya cumplido con todas las condiciones y términos que le hayan sido impuestos en un beneficio de libertad condicional, a completa satisfacción del Tribunal.

De ser este el caso, el interesado debe hacer una solicitud a un Tribunal y éste notificará a la Fiscalía, porque la representación fiscal tiene derecho a presentar sus argumentos para que se niegue la eliminación de los antecedentes del solicitante en una audiencia que será fijada para ello y los mismos deben ser contestados por el abogado criminalista del solicitante. En este caso, el Juez efectuará su análisis sobre los argumentos expuestos y tomará su decisión, concediendo o negando lo solicitado.

Cómo se trata de un procedimiento en el que la Fiscalía puede formular sus objeciones, lo recomendable es contratar los servicios de un abogado criminalista que pueda hacer valer argumentos legales convincentes para que sean eliminados los antecedentes del solicitante.

¿Existen delitos relacionados con este hecho ilícito?

  • 476a PC – Emitir cheques sin fondos.
  • 470 PC – Falsificación.
  • 487 PC – Hurto mayor.
  • 484 PC – Hurto menor.
  • 530.5 PC – Robo de identidad.

¿Cómo puede el acusado defenderse de unos cargos por fraude con cheques?

Hay que recordar que ser acusado de un determinado delito no necesariamente quiere decir que el individuo será condenado por ello, ya que de acuerdo con la legislación de los EEUU, todo sujeto se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario. Por ello existe el procedimiento penal para juzgar las supuestas conductas delictivas y la Fiscalía está en la obligación de demostrar los elementos constitutivos de un delito y la responsabilidad que tenga el procesado.

Por esa razón, resulta de inestimable valor contar con los servicios profesionales de un abogado defensor experto, que pueda hacer un análisis exhaustivo de los hechos que se le imputen al acusado y sus características, para encontrar la estrategia de defensa adecuada con la que se puedan reducir los cargos y hasta es posible que puedan ser desestimados, si se encuentran presentes determinadas situaciones.

No obstante, se puede indicar que entre los argumentos defensivos que más se utilizan frente a una acusación de fraude con cheques se encuentran las siguientes:

No se respetaron los Derechos Miranda del acusado al momento de la detención

Recuerde que al momento de la detención, la legislación exige que los oficiales de policía le informen al individuo arrestado de los Derechos Miranda, como parte del procedimiento legal para ello, entre los cuales se encuentran el derecho a guardar silencio, ya que todo lo que el detenido manifieste podría ser utilizado contra él ante el Tribunal.

Igualmente todo individuo arrestado tiene derecho a una representación legal, esto es, a que se encuentre presente un abogado defensor cuando es interrogado por la policía. En caso de que un individuo sea arrestado y no haya sido informado de estos derechos o no se le hayan respetado, entonces su arresto es irregular, porque es violatorio de sus garantías constitucionales y cualquier evidencia que haya sido obtenida en esas circunstancias debe ser desechada por la Corte.

Las evidencias en contra del acusado son insuficientes

Un abogado defensor podrá evaluar las pruebas que la Fiscalía tiene en contra de su defendido y determinar su valor probatorio, de manera que si de ellas no se evidencia sin lugar a dudas que fue el acusado quien elaboró un cheque falso o fue quien alteró su contenido, no podría ser culpado por este delito.

El cheque no era falso

Para que este argumento sea válido y produzca los efectos deseados, es necesario demostrar en la Corte que el cheque pertenece al acusado, que pertenece a una entidad bancaria verdadera y está vinculado a una cuenta que el imputado posee en dicho banco y que para el momento en que fue emitido, la cuenta tenía los fondos necesarios para que fuera pagado.

En este caso el abogado defensor podrá hacerse valer de todos los elementos probatorios que se encuentren a su alcance para demostrar esos hechos.

Ausencia del propósito de cometer un fraude

Un individuo sólo puede ser declarado responsable por este hecho ilícito si actuó con la finalidad de cometer un fraude. En consecuencia, una defensa legal legítima consiste en argumentar y probar que el procesado no tuvo esa intención, y si prospera esta estrategia, no se podrá demostrar uno de los diferentes elementos de este hecho ilícito. Este puede ser el caso de que John haya rellenado un cheque ficticio con el propósito de jugarle una broma a su amigo Harry.

Consentimiento por parte del dueño del cheque para efectuar cambios

Recordemos que un individuo será responsable por este hecho ilícito si modificó el contenido de un cheque sin el consentimiento de su propietario, por ello, si el acusado alteró el cheque teniendo la autorización de su propietario, se entiende que actuó con el consentimiento de su dueño, de manera que no sería posible ser condenado por este delito.

Ausencia de conocimiento de que el cheque era falso o ficticio

Uno de los elementos constitutivos de este hecho punible es que el procesado tuviera conocimiento de que el cheque era ficticio o falso, por tanto, si éste desconocía que el cheque había sido alterado o era ficticio, no podrá ser declarado responsable por esta conducta delictiva, porque, por ejemplo, se convirtió en el dueño de un cheque sin fondos por accidente.

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A lo largo del contenido de este artículo le hemos explicado los elementos constitutivos de este delito y las consecuencias nefastas que puede producir en su vida una sentencia condenatoria de esta clase, con largas penas privativas de libertad, cuantiosas multas, modificación de su situación migratoria y hasta la posibilidad de perder su derecho de armas y de obtener una licencia para ejercer una profesión en Vista CA, por todo ello, si usted actualmente se encuentra enfrentando un cargo por fraude con cheques necesita de los servicios profesionales que podemos brindarle en Vista Criminal Attorney Law Firm. Nuestros abogados son expertos en esta clase de acusaciones y podrán hacer uso de los argumentos defensivos que lograrán aligerar su situación, incluso con una declaratoria de no culpabilidad.

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