De acuerdo con las leyes de California el delito de hurto menor es la toma ilegal de bienes de otra persona cuyo valor no excede de los $950 y, por lo general, es tratado como un crimen menor, sin embargo, que sea considerado de esa forma no significa que no conlleva grandes consecuencias, ya que de igual manera este hecho punible prevé la pena de prisión, el pago de multas onerosas y además, si usted es un inmigrante, existe una alta probabilidad de que lo deporten.

Algunos escenarios en los que se configura un hurto menor son tomar ítems de un local comercial para esconderlos debajo de su vestuario y salir con estos sin pagar o cambiar los precios fijados de ciertos productos para gastar menos.

Nuestra recomendación si le fueron imputados cargos de este tipo es que no le reste importancia a la acusación y busque asesoría legal lo más pronto posible, ya que a menudo las personas hacen todo lo contrario o intentan resolver todo por sí mismas hasta que se topan con el peso de las consecuencias legales y allí es que deciden acudir a los abogados especialistas, en cambio, hacerlo desde el momento uno de su situación legal es llevar una ventaja en el juicio.

Si actualmente enfrenta cargos por hurto menor en Vista, CA no cometa el mismo error que la mayoría y llame ahora mismo a un abogado penalista de Vista Criminal Attorney Law Firm. Contamos con los mejores abogados del área y trabajamos incansablemente por la protección de sus derechos.

¿Qué debo hacer si me arrestan por ser sospechoso de un hurto menor?

Lo primordial en estos casos es saber qué hacer ante un arresto por sospecha de haber cometido este delito ya que, por lo general, un cargo de este tipo inicia con un arresto, de modo que, pensando en usted, queremos que tome nota de las siguientes recomendaciones:

  1. No responda ninguna pregunta. Permanecer en silencio es su derecho y esa es la mejor forma de evitar que su situación legal se complique. Las autoridades están esperando que usted con sus explicaciones, afirmaciones o respuestas se autoincrimine y tengan un motivo para arrestarlo o utilizar esas afirmaciones en su contra ante la Corte. Lo anterior se debe a que cualquier cosa que diga, por más sencilla e insignificante que parezca, estará siendo anotada en un acta que posteriormente utilizará la Fiscalía como evidencia durante el juicio, y esto podría reducir considerablemente las posibles defensas de su abogado criminalista. En cambio, al decir “no respondo preguntas” está haciéndole saber a las autoridades que conoce sus derechos y que no les dará respuestas hasta asesorarse legalmente con su abogado.
  2. No se oponga al arresto. Resistirse a ser arrestado y obstruir la labor de los oficiales no evitará que sea acusado por hurto, sino que más bien se le agrega un cargo adicional por incurrir en el delito de resistencia al arresto y en ese caso tendría que preocuparse ya no por uno sino por dos cargos.
  3. Tome en cuenta que los oficiales de prevención de pérdidas o de seguridad no tienen las mismas potestades que un policía y en consecuencia solo pueden retenerlo en el lugar hasta que llegue un policía y solo por un tiempo razonable, más no obligarlo a abrir su bolso o dejarse revisar.
  4. Llame a un abogado. Tal como lo mencionamos al inicio de este artículo es importante que se encuentre legalmente representado desde el momento uno sin importar que su escenario legal parezca complicado. Una buena defensa puede cambiar su situación de negativa a favorable si acude con tiempo a un abogado.

Ahora bien, para ayudarle a entender si en su caso se configuró o no el delito al que nos estamos refiriendo, en las siguientes líneas conseguirá información útil sobre lo que establece la ley que lo regula, aspectos legales a tomar en cuenta y ejemplos de situaciones que pueden ser castigadas como hurto menor.

¿Qué constituye un hurto menor?

El hurto menor se comete cuando una persona se apropia ilegalmente de bienes de otra persona valorados en $950 o menos siempre que no se trate de un vehículo, un arma o el bien se haya tomado directamente de su propietario o poseedor. Ahora, para que este delito se configure deben concurrir en un mismo hecho los siguientes elementos:

  • Toma ilegal del bien
  • Sin consentimiento del verdadero propietario
  • Intención de privar al propietario del bien
  • El valor del bien no es mayor a $950.

Ahora bien, a partir de los elementos antes mencionados seguramente le han surgido dos interrogantes: ¿qué sucede si el valor de la propiedad es mayor a $950? y ¿qué pasa si mi intención no fue la de privar permanentemente sino tomar el bien prestado? Esto lo respondemos a continuación.

Este tipo de hurto solo se configura cuando la propiedad tomada ilegalmente es igual o menor a $950, si excede de esa cantidad y si el hurto se perpetró quitándole el bien directamente a su poseedor, se trata de un arma de fuego o un vehículo, entonces el delito que se configuró es el de hurto mayor.

Otra pregunta frecuente al respecto del valor de lo hurtado es si lo que se toma en cuenta es el valor total de todos los bienes robados o si por cada uno de estos se imputa un cargo de hurto. La respuesta a esa interrogante es simple, el hurto cuenta como un solo cargo si:

  • Los bienes hurtados pertenecen a una misma víctima; o
  • Los bienes se hurtaron bajo un mismo plan, por ejemplo, una persona que ingresó al aula de una escuela para tomar pertenencias de los maletines que allí se encontraban.

Solo en esos dos casos se toma en cuenta el valor total de todas las propiedades hurtadas.

Nota: A fin de determinar cuál es el valor de los bienes hurtados los Tribunales usan el “valor justo del mercado” que no es más que el precio más alto por el que el bien se hubiera vendido en el mercado en el momento y lugar donde fue hurtado.

En cuanto a la segunda pregunta, vale decir, ¿qué pasa si la intención del acusado no era privar sino tomar la propiedad prestada? La ley exige que la intención de una persona que hurta tiene que ser la de privar al propietario sobre su bien de manera permanente, así que no habría lugar al delito si la persona solo la quería tomar prestada. Sin embargo, tenga en cuenta que emplear este alegato como defensa muchas veces resulta complejo debido a su dificultad para probarse, de manera que, si bien es válido, sólo se utiliza bajo ciertas circunstancias.

¿De qué manera se puede configurar un hurto menor?

Hay muchas formas en las que se puede configurar un hurto menor, en estas se incluye el hurto cometido por: robo, truco, malversación y fraude.

El hurto que se comete por robo es aquel en el que una persona se apropia ilegalmente del bien y lo traslada del sitio donde se encontraba a otro. En la mayoría de los casos los bienes hurtados consisten en: joyas, accesorios, ropa, muebles y equipos electrónicos.

Por otro lado, el hurto que se comete mediante truco es el que tiene como modus operandi el engañar al propietario del bien diciéndole que solo tendrá la propiedad temporalmente y luego la devolverá, cuando realmente tiene intenciones de privar permanentemente al mismo sobre su derecho de propiedad. Un ejemplo simple que ayuda a explicar la definición antes señalada es el de una chica que le pide prestado a su amiga un reloj muy caro y dice que se lo va a devolver luego de presumirlo en una fiesta, pero realmente la amiga quiere venderlo para obtener dinero.

Por su parte, el hurto cometido por malversación es hurtar bienes que le fueron confiados por el propietario. Normalmente esa relación de confianza deviene de un cargo u oficio, por ejemplo, el cajero de un supermercado que hurta dinero de la caja registradora, en este caso el cajero tiene bajo su cuidado el dinero que ingresa en su caja registradora.

Y por último, el hurto cometido mediante fraude es aquel en el que el acusado a sabiendas e intencionalmente, engaña a la víctima mediante falsas pretensiones para convencerla de que le entregue la propiedad y le permita ser el dueño. Por ejemplo, llegar a un supermercado con una tarjeta de crédito falsa y adquirir ítems pagando con la misma.

¿Qué defensas se pueden ejercer a favor de una persona que ha sido acusada de cometer este delito?

Las defensas a emplear dependen del caso en específico, es necesario que un abogado con conocimientos en la materia analice los pormenores de su caso, tales como, revisar las leyes que se aplican, las evidencias que tiene la Fiscalía en su contra, las que se pueden emplear a favor, y los detalles del hecho del que lo acusan, y de acuerdo con ello determinar qué estrategia de defensa más idónea y la que con mayor seguridad va a lograr efectos favorables en el juicio.

Ahora bien, en cuanto a las defensas existentes algunas de las más empleadas son las siguientes:

  • El acusado tenía consentimiento del propietario para tomar el bien
  • El acusado tomó prestada la propiedad
  • Reclamación de derecho
  • Falsas acusaciones
  • Evidencia insuficiente
  • Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos

A continuación se explica en qué consiste cada una de estas defensas:

El acusado tenía consentimiento del propietario para tomar el bien

Esta defensa consiste en alegar que usted realmente no estaba hurtando la propiedad, sino que tenía autorización del dueño o poseedor para tomarlo. Por ejemplo, la mamá de Sam acusa a Ander de hurtar el computador portátil de Sam, pero realmente ambos estaban trabajando juntos en un informe del colegio y Sam le dio autorización a Ander para llevarse su laptop.

Hay varias formas de demostrar el consentimiento, por ejemplo, mediante un poder que le pudo haber otorgado el propietario autorizándolo a tomar la propiedad, testigos que estaban presentes cuando el propietario le dio autorización al acusado, entre otros medios de pruebas que se puedan utilizar. Si tal alegato llega a ser demostrado, el Juez deberá rechazar los cargos formulados en su contra y en consecuencia no habrá lugar a sanciones por este hecho punible.

El acusado tomó prestada la propiedad

Como lo mencionamos anteriormente, una condena por este delito sólo es procedente cuando la intención del acusado es la de privar de forma permanente al dueño sobre su bien, de modo que, si la intención es tomar la propiedad prestada no se habría configurado el delito.

Sin embargo, demostrar la intención de tomar el bien prestado es un tema bastante complicado y por ende esta defensa sólo se debe ejercer bajo situaciones que lo permitan, además, en estos casos se debe demostrar que el acusado tenía intenciones de devolver el bien en un tiempo razonable y será el Juez quien a su criterio establezca lo que se entiende por tiempo razonable.

Un ejemplo es el de una chica que toma del closet de su amiga un vestido de $200 con intención de usarlo en una fiesta, lavarlo y devolverlo al otro día.

Reclamación de derecho

Esta defensa se emplea en casos donde el acusado de buena fe pensó que tenía algún derecho sobre la propiedad.

En el mismo contexto del ejemplo anterior supongamos que la chica se da cuenta que en el closet de su amiga hay un vestido que cree que le pertenece y que en algún momento se lo prestó, así que decide tomarlo y se lo lleva. En este caso en específico lógicamente hubo un malentendido, pero no un delito.

Bajo estos escenarios, si se logra aclarar la situación, el Juez deberá desestimar el caso y en consecuencia usted no podrá ser objeto de sanciones.

Falsas acusaciones

Las falsas acusaciones en estos casos son un escenario bastante usual, ya que a menudo las personas toman como blanco fácil los delitos menores para incriminar a alguien y plantar pruebas para vengarse, amenazar, por odio o para obtener algún beneficio de ello. Pero que se trate de una falsa acusación no significa que no deba acudir a un abogado y dejar el caso a las autoridades para que estos descubran las verdaderas intenciones de la supuesta víctima por sí solos, porque si bien este país tiene un sistema de justicia envidiable para el resto del mundo, igual ocurren injusticias. De hecho, hay quizás más necesidad de que acuda a un abogado penalista para que debilite las pruebas en su contra y demuestre que en su caso no se cometió ningún crimen.

Las falsas acusaciones se pueden demostrar con mensajes de texto de la víctima amenazando o testigos que afirman que la supuesta víctima tenía un plan para incriminarlo, debilitando las pruebas, entre otras evidencias.

Evidencia insuficiente

El alegato de evidencia insuficiente se emplea cuando si bien la contraparte tiene pruebas en su contra, las mismas no son suficientes para demostrar por sí solas lo que se pretende evidenciar. Por ejemplo, un testigo que afirma haberlo visto entrar al establecimiento donde le acusan de robar y que vio cómo los oficiales de la policía lo arrestaron solo demuestra que usted entró en el lugar y que luego lo detuvieron, pero no que usted realmente haya tomado algo y lo haya ocultado, por lo que es necesario que el Fiscal acompañe el testimonio con otras pruebas, de lo contrario el mismo no sería suficiente.

Cuando la Fiscalía no logra probar con certeza y más allá de cualquier duda razonable los elementos del delito, el Juez debe rechazar el caso y como consecuencia de ello no se impondrá ninguna sanción en su contra.

Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos

La Cuarta Enmienda constitucional es la ley que protege las incautaciones y detenciones arbitrarias, según la cual estos procesos deben seguir los requisitos establecidos en la ley, entre los cuales se encuentra, por ejemplo, la orden de registro para incautar bienes y, para el caso del arresto, una causa probable que no es más que un motivo razonable para detener a la persona, y si estos requisitos exigidos por la ley no se cumplen, todas las evidencias obtenidas mediante estos procedimientos son “fruto del árbol envenenado” es decir, si el procedimiento de detención o registro es ilegal las pruebas que deriven de allí también lo serán y por tanto el Juez deberá suprimirlas del proceso.

¿Qué sanciones prevé el Código Penal por este delito?

Las sanciones previstas en el Código Penal por incurrir en este delito son las siguientes:

  • Encarcelamiento por un periodo no mayor a 6 meses en una cárcel del condado;
  • Libertad condicional sumaria; y/o
  • Pagar una multa cuyo valor no será mayor a $250 si el valor de los bienes hurtados es menor a $50, pero si excede de ese monto la multa puede llegar hasta los $1.000.

No obstante de lo anterior, poseer historial criminal por hurto u otros delitos relacionados con este en los que se le dictó pena de prisión se considerará una circunstancia agravante y por tanto las penas pueden llegar a ser más severas. Y si tiene antecedentes penales por un crimen grave es posible que lleven su caso como un hurto mayor el cual prevé sanciones más rigurosas.

En adición a ello, tenga en cuenta que existe la posibilidad de que una condena por este delito, aunque se trate de un crimen menor, afecte su estatus migratorio debido a que según ciertos criterios este es un crimen que encaja en la categoría de delitos de “vileza moral” lo que lo hace un hecho punible “deportable” o bajo el cual se le puede declarar inadmisible. Sin embargo, en estos casos la determinación final sobre si una condena por este delito dará lugar o no a consecuencias migratorias negativas dependerá del criterio del Juez y los detalles del caso.

Si un Juez ordena su deportación sepa que dicha decisión será procedente independientemente de que tenga propiedades en Estados Unidos, hijos menores nacidos aquí o su permanencia sea legal, ya que ninguno de esos factores son motivos por los cuales se debe suspender una deportación.

Esperanza para los que violan la ley por primera vez

Un error de una sola vez no es razón para que alguien tenga que vivir con un historial criminal por el resto de su vida, es por ello que en casos donde la persona incurrió por primera vez en el acto punible la Fiscalía tiene la opción de tratarlo como una infracción en vez de un delito siempre que el valor de la propiedad no exceda de los $50 y no tenga antecedentes penales.

Si la acción cometida se trata como una infracción, ello constituye una situación favorable para el acusado ya que la ley no prevé la pena privativa de libertad sino únicamente una multa que no debe exceder de los $250, asistir a un programa de desviación de la delincuencia, servicio comunitario y en algunos casos pagar una indemnización a la víctima.

Contratar los servicios de un abogado con experiencia en casos de hurto menor cerca de mí

Una acusación por este delito no debe tomarse de forma ligera ya que a pesar de ser un delito menor igual prevé pena de prisión y, si es un inmigrante, la probabilidad de que lo deporten es muy alta. Por esa razón, ante ese escenario, es importante que se asesore legalmente y contrate a un abogado que trabaje para conseguir la mejor solución posible a su problema legal, bien sea para que se reduzcan sus cargos lo más que se pueda y el peso de las consecuencias legales sea menos severo o bien para que las acusaciones en su contra queden desestimadas.

¿Reside en Vista, CA? Entonces no espere más para llamar al 760-691-1551 y agendar una cita con un abogado penalista de Vista Criminal Attorney Law Firm. Nuestros abogados están disponibles 24/7 para revisar su caso y atender todas sus inquietudes.