La conducta ilegal a la que haremos referencia en este artículo normalmente tiene lugar en el área en la que se hacen negocios, y básicamente consiste en la alteración de una escritura o documento, con el propósito de lograr beneficios económicos o financieros en detrimento de otro individuo. Este tipo de hechos ilícitos normalmente es llevado a cabo por medio de la presentación o consignación ante una oficina o autoridad gubernamental de un documento, instrumento o escritura en el que las firmas de las partes han sido falseadas o falsificadas, o cuando el contenido ha sido parcial o totalmente modificado o alterado, sin haber obtenido la autorización de una sola o de todas las partes involucradas.

El Código Penal 115 en California es el estatuto que tipifica como hecho punible de naturaleza grave que un sujeto presente o registre, teniendo conocimiento de ello, un documento o escritura falsa o falsificada ante cualquier oficina pública del Estado. Una violación de esta sección constituye una conducta ilegal que es castigada con prolongadas penas en la cárcel, así como cuantiosas multas judiciales.

Encontrar la asesoría jurídica que se necesita

La presentación o consignación ante una oficina pública de un documento o escritura falsa o falsificada es una conducta ilícita que se comete contra la fe pública, valiéndose del poder de autenticación que poseen los funcionarios públicos encargados de otorgar validez a los instrumentos legales que se les presentan, por ello se trata de una actividad ilegal que es considerada muy grave en Vista CA, investigada y perseguida con mucha seriedad por las autoridades correspondientes, con consecuencias que pueden afectar de manera negativa a los individuos involucrados en ella, por esa causa, en caso de que actualmente usted esté siendo acusado por presentar o consignar documentos falsos ante una oficina gubernamental, necesita la asesoría jurídica que sólo podrá proporcionarle un abogado especializado en el Sistema de Justicia Criminal de California, y en Vista Criminal Attorney Law Firm tenemos a los mejores, con cuyos consejos, luego de haber analizado su caso, es posible que se pueda obtener una disminución de la acusación y, dependiendo de las circunstancias y de las evidencias, hasta una desestimación de la misma, por lo que debe llamarnos de inmediato.

¿Cómo está definido legalmente este hecho punible en California?

Tal como indicamos antes, está contemplado en la disposición 115 del Código Penal, según la cual, todo individuo que, teniendo conocimiento de ello, ofrezca u obtenga un instrumento, documento o escritura falsa o falsificada para ser consignada, archivada o registrada ante una oficina pública estatal, siempre que dicho instrumento, documento o escritura, de ser genuina, normalmente sería consignada ante la misma para su archivo, autenticación o registro, de acuerdo con las normas, será declarado responsable por este hecho ilícito.

Algunos ejemplos de este tipo de hecho punible son:

  • Falsificar una escritura de propiedad de un inmueble y consignarla ante la oficina pública de registros del condado.
  • Consignar registros para pesca que son falsos ante el Departamento de Pesca y Vida Silvestre de este Estado.
  • Consignar hojas de tiempo laboradas falsas ante un empleador o entidad pública.

¿Cuándo es un hecho punible presentar o consignar un documento falso o falsificado según la ley de California?

Para condenar con éxito a un procesado bajo este estatuto, la Fiscalía tiene que demostrar la coexistencia de los siguientes elementos constitutivos:

  • El procesado proporcionó un documento, instrumento o escritura para su archivo o registro ante una oficina pública, que son las que se encargan de dar fe pública del mismo, o causó que el mismo fuera consignado, de modo que también sería considerado responsable el sujeto que le haya solicitado a otro que consignará dicho instrumento.

Hay que aclarar que para que se entienda configurado este hecho punible, no se exige que el documento, instrumento o escritura efectivamente haya sido archivada o registrada, porque es suficiente con que el mismo haya sido consignado en la oficina correspondiente.

  • El procesado sabía que el documento, instrumento o escritura era falso o falsificado al momento de su consignación, bien sea porque las firmas eran falsas o porque su contenido haya sido alterado o modificado sin la autorización de las partes intervinientes en el mismo. En este sentido, la intencionalidad del sujeto es importante, pero también es el elemento que más dificultades probatorias tiene, debido a que las evidencias sobre la misma pueden ser de tipo circunstancial, de modo que es una costumbre de los abogados defensores impugnar la existencia de este elemento constitutivo. Además, podría ocurrir que un individuo consigne un instrumento, documento o escritura desconociendo que la misma era falsa y que lo haya hecho en beneficio de otro individuo, por hacerle un favor, o cumpliendo órdenes que le hayan sido impartidas por su jefe, en cuyo caso no podría ser considerado responsable por este hecho punible.

Normalmente, el tipo de documentos, instrumentos o escrituras con las que se comete este hecho ilícito involucran información o datos que afectan los derechos que poseen terceros individuos, razón por la cual deben consignarse para su archivo o registro ante una oficina pública de este Estado. Incluso puede tratarse de instrumentos que contengan información o datos que sean relevantes para los intereses de entes gubernamentales de California.

  • El documento, instrumento o escritura era una que, si hubiera sido auténtica, podía ser presentada de forma legal para su archivo o registro. Este elemento está relacionado con el hecho de que el documento, instrumento o escritura consignada debe ser uno de aquellos que, según las leyes, debe ser registrado o archivado, de manera que, de no tratarse de una falsificación, sería tramitado de manera legal por la oficina pública ante la cual fue consignado.

Hay que tener en consideración que la disposición 115 PC a la que hemos hecho referencia es aplicable a una gran variedad de instrumentos, documentos o escrituras, que van desde los registros para pesca hasta los justificativos de pago. Sin embargo, los Tribunales han dictaminado que el estatuto no es demasiado vago o genérico.

Además, muchas ofensas criminales bajo estas leyes involucran la presentación de documentos, instrumentos o escrituras relacionadas con bienes inmuebles, como es el caso de una escritura de propiedad, de renuncia o de constitución de fideicomisos. En estos casos, y dependiendo del tipo de instrumento involucrado, los cargos podrían potencialmente ser sometido a las regulaciones de:

  • Artículo 115 del Código Penal,
  • Las leyes de fraude inmobiliario de California, o
  • Las leyes estatales de fraude hipotecario.

¿Qué castigos son los que se imponen a un acusado por la comisión de este hecho ilícito?

Tomando en consideración que la violación de esta sección del Código se considera una felonía, los castigos que se pueden imponer son:

  • Libertad condicional bajo control o formal, o
  • Pena privativa de libertad cuyo máximo puede alcanzar los cinco años de cárcel, y/o
  • Multas que pueden ascender hasta los $10.000,00.

Si bien un juez puede otorgar libertad condicional en lugar de tener que cumplir un lapso de tiempo en prisión, el procesado no será elegible para este beneficio si se cumplen alguna de las situaciones siguientes:

  • El procesado posee antecedentes previos por violar lo establecido en la disposición 115 PC, o
  • El procesado es condenado por más de un cargo con base en la disposición 115 PC y ha ocasionado una pérdida patrimonial cuyo total es superior a los $100.000,00.

Tenga en cuenta también que existen algunas mejoras o incrementos de las sanciones que podrían ser aplicadas en este tipo de procedimientos judiciales penales. Por ejemplo, un procesado se enfrentará a lo que recibe el nombre de mejora del delito agravado de cuello blanco si a los hechos concurren todas las circunstancias que se mencionan a continuación:

  • El procesado es declarado responsable de dos o más felonías que involucran fraude o malversación de fondos, pudiendo ser uno de ellos la conducta prevista en la disposición 115 PC, por consignar documentos, instrumentos o escrituras falsas o falsificadas, en un mismo procedimiento penal,
  • Las felonías forman parte de lo que se denomina un patrón criminal de conducta,
  • Las felonías se cometieron en detrimento de dos víctimas o más, que son distintas, o que se cometieron en detrimento de una misma víctima, pero en dos ocasiones diferentes o más, y
  • Se alega que las acciones del procesado han privado a la víctima o víctimas de más de $100.000,00.

Esta agravación de los delitos de cuello blanco puede conducir a la aplicación de mejoras o incrementos en las condenas que pueden alcanzar:

  • Hasta cinco años adicionales y consecutivos de pena privativa de libertad, que se deben cumplir luego de la pena por el delito subyacente, y/o
  • Multas adicionales cuyo monto puede ascender a $500.000,00 o dos veces la cantidad que haya sido defraudada, dependiendo del valor que resulte ser mayor.

Otros supuestos que están previstos en la disposición 115 PC antes mencionada y que podrían mejorar o incrementar las sanciones que se pueden imponer al procesado que sea declarado responsable por el mismo son:

  • En caso de que el documento, instrumento o escritura perjudique un derecho de propiedad sobre un inmueble o establezca un gravamen o hipoteca que afecte a una residencia unifamiliar que posea hasta un máximo de cuatro unidades de tipo residencial, por lo que se impondrá una multa judicial adicional que puede alcanzar los $ 75.000,00.
  • En el caso de que el perjuicio económico ocasionado a las víctimas supere los $65.000,00 y haya podido ser demostrado el propósito del procesado de ocasionar la referida pérdida, podrá imponérsele una sanción adicional de cárcel que puede llegar a los cuatro años.

¿Existen otras consecuencias que pueden derivarse de una condena por este hecho ilícito?

Si. Hay que recordar que se trata de una felonía, por lo que el procesado adquirirá unos antecedentes criminales, que van a estar relacionados con delitos de cuello blanco, que son considerados fraudes en gran medida, por lo que se verán afectadas sus posibilidades futuras de estudiar y de poder ejercer una actividad profesional para la que se requiera una licencia estatal, en particular si está relacionada con los bienes raíces o la actividad aseguradora.

Además, ciertamente la ley en California prohíbe a los que ofrecen puestos de empleo hacer preguntas a los posibles candidatos sobre sus antecedentes criminales, hasta que no sea presentada una propuesta condicionada de trabajo, no obstante, estos individuos o empresas reclutadoras normalmente tienen acceso a información relacionada con los registros criminales de los aspirantes a los puestos laborales que ofrecen, de manera que inmediatamente podrán saber que un aspirante posee este tipo de antecedente y eso puede provocar que sea descartado desde el inicio del proceso de reclutamiento.

Un efecto adicional es el que una condena de esta clase puede tener en la situación migratoria de un procesado, en caso de que no sea un ciudadano de los EEUU, aunque se encuentre legalmente en el país, porque al tratarse de una felonía, se encuentra incluida entre aquellas conductas que la Ley de Inmigración de este país califica como de vileza moral, razón por la cual podría ser deportado, e incluso declarado inadmisible, y no podrá ingresar nuevamente al territorio de los EEUU, por lo que podría ser separado de su familia y su vida cambiará radicalmente.

En lo que respecta al derecho de portar, adquirir o poseer armas, igualmente debido a que este hecho punible es calificado por las leyes como una felonía, el procesado que sea declarado responsable del mismo perderá tales derechos.

¿Es posible solicitar la eliminación de unos antecedentes penales por este tipo de hecho punible?

Si. La presentación o consignación de documentos, instrumentos o escrituras falsas o falsificadas para su archivo o registro ante una oficina pública es uno de los hechos punibles en los que el artículo 1203.4 PC permite que sea solicitada una anulación del récord criminal, haciendo desaparecer las inhabilidades que derivan del mismo, para que el procesado no sufra de discriminaciones y pueda tener mejores oportunidades a futuro.

No obstante, no se trata de un procedimiento que no se realiza ex oficio, sino que necesariamente debe ser solicitado por el interesado a la misma Corte en la que se dictó la sentencia condenatoria cuyo antecedente desea que sea eliminado. De modo que se trata de un verdadero proceso judicial, en torno al cual debe presentarse la petición correcta, que debe ser rellenada de la manera conveniente, y que puede ser acompañada de documentos que demuestren las razones por las que dicho registro debe ser eliminado, que son las denominadas pruebas o evidencias de carácter del solicitante.

Por eso, nuestra recomendación es que, para un procedimiento como este, se contraten los servicios de un abogado experimentado, quien no sólo sabrá concretamente cual es el formulario que debe ser rellenado para presentar la solicitud ante el Tribunal, sino que le indicará la forma correcta de hacerlo, para evitar que se cometan errores que puedan justificar una negativa de la Corte a la solicitud presentada, y que ayudará a su cliente a reunir las pruebas sobre su carácter que sean necesarias para tener éxito en la primera oportunidad.

De ser archivada la petición, se fijará una audiencia, de lo cual será notificada la Fiscalía, para que en la oportunidad correspondiente exponga las causas por las que cree que no deberían ser eliminados los antecedentes del peticionario, y el abogado defensor argumentará, con base en las evidencias de carácter presentadas, las razones por las que el Tribunal debe acordar la anulación del récord criminal de su cliente, siendo finalmente el Juez quien tendrá la última palabra.

Si el Tribunal decide denegar la petición, el interesado podrá volver a solicitar la eliminación de los antecedentes luego de transcurrido un tiempo prudencial. Pero si se decide que deben ser anulados, entonces se notificará de tal decisión a las oficinas públicas correspondientes, quienes no podrán dar desde ese momento en adelante información o datos sobre el antecedente eliminado. No obstante, ello no quiere decir que tal récord desaparecerá para siempre, porque siempre estará disponible para las autoridades judiciales penales, quienes podrán hacer uso de él, en caso de que el peticionario vuelva a ejecutar una conducta delictual en el futuro, aunque sólo a los efectos de determinar la posesión o no de antecedentes penales.

¿Existen hechos punibles que se relacionen con la presentación o consignación de documentos, instrumentos o escrituras falsas o falsificadas?

  • 368 PC – Abuso de adultos mayores. Esto es, que un individuo que ha cumplido 65 años o más es abusado financieramente, es decir, defraudado, por medio de un documento, instrumento o escritura falsa o falsificada, ocasionándole pérdidas de tipo financiero.
  • 470 PC – Falsificación. Que consiste en realizar determinadas actividades que tienen como propósito falsificar algún tipo de instrumento para defraudar a otro.
  • 118 PC – Perjurio. Consiste en declarar falsamente o no decir la verdad ante una autoridad pública, estando bajo juramento o tratándose de una situación en la que un sujeto está obligado a decir la verdad.

¿Cuáles son las estrategias defensivas que se utilizan de manera común para impugnar una acusación de esta naturaleza?

Existen muchas líneas defensivas previstas en el cualquier Sistema de Justicia Criminal, de las que pueden valerse los procesados para impugnar los cargos que les hayan sido formulados por la Fiscalía, pero no todas ellas poseen la misma eficacia frente a cualquier tipo de hecho punible, debido a lo cual, lo que conviene es contratar los servicios de un abogado criminalista especializado con mucha experiencia en estos procedimientos, porque sólo ellos podrán ser capaces de seleccionar cual argumento defensivo resultará ser el más adecuado para lograr una disminución de los cargos en contra de su defendido, y dependiendo de las circunstancias en que hayan ocurrido los hechos en la investigación y detención de su defendido, hasta que la Corte desestime la acusación, por ello es tan importante contar con un abogado experto.

No obstante, entre los argumentos defensivos más utilizados por los abogados criminalistas para impugnar cargos como éstos, se encuentran los siguientes:

  • El procesado desconocía que se trataba de un documento, instrumento o escritura falsa o falsificada.
  • El procesado no ha presentado un instrumento, documento o escritura ante una oficina gubernamental para ser archivado o registrado.
  • La acusación contra el procesado es falsa.
  • Mala conducta policial.
  • Violación de los Derechos Miranda del procesado.

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Las consecuencias de ser procesado y condenado por una felonía en Vista CA, no se circunscriben únicamente a las penas privativas de libertad y las costosas multas judiciales que deben pagarse, sino que sus efectos pueden volverle la vida un suplicio al individuo que sea condenado por ello, porque puede provocar la revocatoria de una licencia profesional, la pérdida del derecho a portar, adquirir o poseer un arma de fuego y hasta ser deportado, en el supuesto de que no sea ciudadano de EEUU, por no mencionar que le será muy difícil encontrar un nuevo empleo, obtener un crédito de una entidad bancaria, ingresar en una institución universitaria e incluso solicitar una licencia para ejercer una profesión en este Estado.

Como habrá podido comprobar, son tantas las consecuencias perniciosas que puede sufrir, que si actualmente usted ha sido acusado de presentar o consignar un documento, instrumento o escritura falsa o falsificada, debe evitar a toda costa ser condenado por ello, de modo que necesita de los servicios de un abogado especializado en derecho penal de Vista Criminal Attorney Law Firm, porque sólo él podrá examinar los hechos que se le imputan y encontrar las grietas en el caso que fundamenta la acusación de la Fiscalía, para lograr que la acusación se minimice, llegado a un acuerdo en su beneficio, y hasta detectar si hubo errores graves en el procedimiento de investigación y detención que podrían justificar que los cargos sean desechados por la Corte.

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