Ciertamente, la legislación de California regula aquellas situaciones en las que un menor de dieciocho años comete un hecho punible y al encontrarlo responsable ante una Corte de Justicia Juvenil, será sometido a un procedimiento de reeducación o rehabilitación, para que no vuelva a ejecutar ese tipo de conductas, pero tales procedimientos pueden tener consecuencias muy serias, que afectan no solamente la vida y las condiciones en las que se encuentra el menor, sino que normalmente tendrán incidencia en la vida de los progenitores también.

Como padre de un menor atrapado en el Sistema de Justicia Penal de California, lo más probable es que se siente abrumado e impotente. Pero la buena noticia es que los progenitores también tienen derechos que son reconocidos por ley.

Obtener la asistencia jurídica necesaria

En el condado de Vista CA, ser el progenitor de un menor que ha sido detenido por la comisión de un hecho ilícito resulta una situación que suele ser muy estresante, porque se trata de un escenario que le va a cambiar la vida a su hijo, pero también a usted, por tanto, si es el progenitor de un menor de dieciocho años que está enfrentando el Sistema Penal Juvenil de este Estado, necesita de una asesoría especial, que sólo puede ser proporcionada por abogados especializados en delincuencia juvenil y en los procedimientos que a ellos se aplican, pero no se desespere, porque esa ayuda está a su alcance en Vista Criminal Attorney Law Firm, en donde encontrará a los abogados especialistas que podrán trabajar en favor de su hijo y en la protección de sus derechos y también le informarán de aquellos derechos que usted tiene como padre, por eso, tiene que contactar con nosotros de inmediato, para que comencemos a trabajar en la mejor estrategia, para minimizar los efectos que un procedimiento del Sistema de Justicia Juvenil puede tener en su familia.

¿Cuáles son los derechos que las leyes de California confieren a los progenitores de un menor que está siendo procesado por el Sistema de Justicia Penal Juvenil?

En aquellos escenarios en los que un menor de dieciocho años ha ejecutado una conducta criminal, las leyes indican que será procesado por unos Tribunales especiales, que son los de Delincuencia Juvenil, que no forman parte de la jurisdicción penal, sino de son parte de la organización de los Tribunales Civiles, ya que tenemos que recordar que los menores no son considerados criminales, porque no tienen la edad para considerar que poseen la capacidad necesaria para conocer los reales efectos de sus actos.

No obstante, esto no quiere decir que las consecuencias de dichos procedimientos no sean graves, al contrario, existen castigos que pueden tener efectos muy parecidos a los de una condena penal, que se aplicarán dependiendo de la gravedad de los hechos, y por tratarse de menores, la legislación establece una cantidad de derechos y protecciones que deben ser asegurados a éstos, pero en este artículo queremos informarle sobre los derechos que la misma legislación le concede a los padres.

Para comenzar, un progenitor tiene derecho a ser informado desde el momento en que su hijo haya sido puesto bajo custodia; también tiene derecho a aconsejar a su hijo para que hable con un abogado y a encontrarse presente en las audiencias judiciales de su hijo.

Pero, también como progenitor de un menor que ha ejecutado una actividad ilícita, va a tener que cumplir algunas obligaciones, que pueden afectar su capacidad económica, porque un progenitor puede ser obligado a efectuar un reembolso al Estado por lo que cueste tener que cuidar a su menor hijo y una cantidad por causa de la manutención mientras esté detenido, e incluso, es posible que deba pagar una cantidad en concepto de restitución por los daños y perjuicios que se hayan ocasionado a la víctima.

Un menor de dieciocho años puede solicitar la presencia de un abogado durante el interrogatorio, en caso de que no se encuentre ya en la sala de interrogatorio, y el hecho de que se conceda o no la solicitud puede influir en la cuestión de si las declaraciones incriminatorias fueron voluntarias, de hecho, la ausencia del abogado en el interrogatorio policial de un menor, podría llevar a la conclusión de que los funcionarios policiales actuantes obtuvieron una confesión forzada, la cual sería inadmisible en el procedimiento ante la Corte Juvenil.

Para sintetizar de mejor manera los derechos que los progenitores de un menor de dieciocho años poseen en el Sistema de Delincuencia Juvenil en California, vamos a realizar una enumeración de ellos:

  • El derecho a ser notificado de que su hijo ha sido arrestado y detenido.

  • El derecho a ser informado de los derechos constitucionales que tiene su hijo.

  • El derecho a solicitar un abogado para su hijo.

  • El derecho a encontrarse presente en las audiencias del Tribunal de Menores en el que va a ser procesado su hijo.

  • En la mayoría de los casos, el derecho a mantener la confidencialidad de las audiencias de su hijo.

  • El derecho a inspeccionar el expediente del Tribunal de Menores que va a procesar a su hijo, incluidos los informes de libertad condicional.

Con relación a si los progenitores tienen o no el derecho de llevarse a su hijo a su residencia, mientras se espera el resultado del caso, el juez sopesará varios factores, incluida la necesidad de proteger a la comunidad y la necesidad de proteger al menor.

Algunos ejemplos de cómo se ejercen estos derechos

Jane es arrestada por presuntamente violar la Sección 422 del Código Penal de California, por amenazas criminales, ya que presuntamente amenazó con matar a Agatha. Los agentes policiales trasladan a Jane a una institución correccional.

Jane ha cumplido los dieciséis años. Según la Sección 627 del Código de Instituciones y Bienestar en California, se indica que los agentes policiales deben tomar medidas inmediatas, con el objetivo de notificar al tutor de Jane, que la misma se encuentra en la institución correccional de que se trate.

Además, Jane tiene el derecho a llamar tanto a su tutor como a un abogado. Si llama a un abogado de defensa penal juvenil de California, el abogado puede visitar a Jane en la institución correccional donde se encuentre y discutir el caso en su contra, por presuntamente violar la Sección 422 del Código Penal, sobre amenazas criminales.

El abogado de defensa penal juvenil de Jane también puede ponerse a trabajar directamente, negociando con el oficial del departamento de libertad condicional y la Fiscalía, para tratar de que se desestimen o se reduzcan los cargos, para que Jane pueda irse a su casa con su familia.

Otra situación podría ser la de John, quien tiene quince años, ha sido arrestado por violar la Sección 602 y el vandalismo de la Sección 594, ambas del Código Penal de California. En su audiencia de adjudicación (juicio) ante la Corte de Justicia Juvenil, el juez determinó que los cargos eran ciertos y sostuvo la petición de la Fiscalía contra John.

La madre de John no cree que los cargos sean ciertos. Ella cree que en el momento del incidente él estaba con su patineta, acompañado de algunos amigos en otra zona. La madre de John pide ver el expediente del caso de menores sobre su hijo. Según la Regla de la Corte de California 5.552, la madre de John tiene derecho a inspeccionar el expediente.

En el caso de John, el archivo incluye el informe de libertad condicional y una cinta de video que muestra la violación de la Sección 602 y las violaciones por vandalismo de la Sección 594 del Código Penal de California.

Desafortunadamente, en el video resulta claro que John no se encontraba patinando con amigos en otra zona en el momento del incidente, sino que muestra a John y a sus amigos rompiendo ventanas en un almacén en Vista CA.

En la audiencia de disposición (sentencia) de John, se decide colocarlo bajo la tutela del Tribunal y lo envían a casa en libertad condicional. Como parte de su sentencia, John debe asistir a clases sobre los costos asociados con el vandalismo y pagar una indemnización al propietario del almacén.

Ahora bien, para que se pueda tener una mejor noción de lo que significan algunos de estos derechos, explicaremos el contenido de varios de ellos:

El derecho a ser notificado sobre la detención del menor

En caso de que el menor de dieciocho años sea detenido como presunto autor de un hecho ilícito, los funcionarios policiales lo trasladarán a una institución de detención para menores, o lo dejarán a la disposición de oficiales del departamento de libertad condicional. En cualquiera de los dos casos, están obligados a notificar a los progenitores del lugar al que ha sido llevado el menor.

Al momento de ser notificado, el progenitor contactado tendrá la capacidad de contratar a un abogado especialista, que pueda representar a su menor hijo de forma conveniente. Aunque el padre no tiene derecho a encontrarse presente al momento en que su hijo sea interrogado, si puede proveer de la asesoría legal apropiada y hasta aconsejarle que guarde silencio, y que haga uso de los derechos Miranda, mientras se hace presente el abogado defensor. Guardar silencio puede resultar fundamental, porque los oficiales actuantes querrán obtener cualquier tipo de información con la cual construirán el caso en contra del menor, aunque las sospechas sobre su participación sean mínimas.

Otro elemento que un padre debe conocer es que, si bien es cierto que tiene el derecho a visitar al menor que se encuentre en custodia en una institución correccional, las conversaciones que se puedan sostener no serán confidenciales, ya que las salas en que tienen lugar estas visitas, normalmente estarán cubiertas por cámaras de seguridad y vigilancia, desde las que sus conversaciones serán gravadas. En este sentido, aconsejamos a los padres que no hagan preguntas a sus hijos sobre los hechos de los que son acusados.

Ser informado de cuáles son los derechos consagrados en la Constitución que posee el menor

Cómo se trata de un menor de edad que ha sido detenido por presuntamente haber ejecutado un hecho punible, será la Corte de Menores quien tiene la jurisdicción para llevar a cabo el proceso en su contra, y el progenitor posee el derecho a ser informado de los derechos que consagra la Constitución en su favor, desde la detención hasta que se lleve a cabo la audiencia de disposición.

Estos Tribunales especiales se encargan de procesar aquellos hechos punibles en los que se encuentren involucrados menores con edades comprendidas entre doce y diecisiete años de edad. La mayor parte de ellos están bajo tutela de los progenitores, que serán los más interesados en que se garanticen y respeten sus derechos.

En este sentido, debemos informarle que un menor posee los siguientes derechos consagrados en la Constitución de este país:

  • Los agentes policiales deben haber tenido causa probable para poder proceder a detener o a registrar a un menor.

  • En caso de que un menor sea arrestado, lo más probable es que permanezca bajo la custodia de la institución correccional, aunque tiene el derecho a efectuar una llamada telefónica. En el escenario de que los funcionarios actuantes le nieguen ese derecho, estarán violando los derechos Miranda del menor. En caso de que los funcionarios hayan obtenido cualquier tipo de declaraciones antes de permitir al menor efectuar su llamada, la Corte puede determinar que todas las evidencias recolectadas de esa manera serán inadmisibles, y por tanto, desechadas del juicio.

  • El menor tiene el derecho a que se le informe por los agentes policiales actuantes sobre los probables cargos que podrían formularse en su contra, al momento de la detención.

  • Tiene también el derecho a una representación legal por un abogado experto en defensa penal. Incluso, lo que se aconseja es conseguirle al menor una asesoría jurídica oportuna desde el momento mismo en que sea detenido.

  • Otro derecho que posee es que la Fiscalía demuestre los cargos por los cuales es acusado, con pruebas preponderantes, antes de que sea calificado como delincuente juvenil.

  • También en la audiencia en la Corte Juvenil, tiene derecho a interrogar a aquellas personas que hayan sido citadas para rendir declaraciones en contra del menor sometido a procedimiento.

Derecho a solicitar un abogado para el menor

Es esencial que un menor pueda disponer de los consejos del abogado criminalista que lo aconseje y lo defienda desde el momento mismo en que es detenido. De hecho, no tener la asesoría legal adecuada oportunamente, podría tener efectos desastrosos en el resultado final del procedimiento. Y el progenitor posee el derecho a buscar a abogados criminalistas especializados, de acuerdo con la disposición 627.5 del Código de Instituciones y Bienestar de California.

Encontrarse presente en las audiencias del Tribunal de Menores en el que va a ser procesado su hijo

Recuerde que los procedimientos ante los Tribunales se componen de audiencias y se realizan varias, de distinta naturaleza, cuando un menor es detenido y hasta llegar a la decisión final sobre su situación legal.

La primera de ellas recibe el nombre de audiencia sobre detención, porque en la misma se va a decidir si el menor permanecerá bajo la custodia de una institución correccional, o si podrá regresar a su hogar, mientras se tramita el procedimiento, lo que también es un derecho que poseen los progenitores en caso de que sus hijos sean detenidos, y a esta audiencia tienen derecho a asistir los progenitores para darle al menor el apoyo familiar que requiere.

La siguiente es denominada audiencia para fijar la jurisdicción. Es muy importante, porque en ésta se va a decidir si se sostiene la petición de la Fiscalía, esto es, si procede el juicio por la acusación que haya sido formulada. En este escenario, un menor puede elegir no emitir pronunciamiento alguno, luego de ello, se fija una audiencia denominada de disposición, en la que la Corte debe tomar la decisión final, que puede ser desechar la acusación o fijar las sanciones para el menor.

En caso de que el menor de dieciocho años sea condenado a un beneficio de libertad condicional, la Corte llevará a cabo audiencias de revisión, que tendrán lugar cada 6 meses, con la finalidad de informarse sobre los progresos del menor y comprobar que está cumpliendo con las condiciones o términos que le hayan sido impuestos.

Derecho a mantener la confidencialidad de la audiencia de su hijo

Hay que recordar que la finalidad del Sistema de Justicia Juvenil en California no es castigar a los delincuentes, sino rehabilitar a los menores que han llevado a cabo actividades delictivas, por ello se deben dictar decisiones que protejan los intereses de los menores sometidos a este tipo de procedimientos, y en este sentido, un progenitor posee el derecho de pedir que el juicio de su menor hijo sea procesado de manera privada, esto es, que sea confidencial, y es posible que ocurra en la mayor parte de los supuestos.

Entre los beneficios de lograr que el procedimiento sea llevado a cabo de manera confidencial se encuentran:

  • Al ser confidenciales las audiencias, se protege la integridad y reputación del menor.

  • Cuando las audiencias y su resultado final son confidenciales, no se verán afectadas las opciones futuras del menor para obtener un trabajo.

  • Se evita que otros individuos indaguen y obtengan informaciones que podrían usar después en contra del propio menor o de su familia.

Algo que se debe conocer, es que la disposición 5.530 PC prohíbe la asistencia de público a los juicios en los que los acusados son menores de edad, lo que no impide que todo aquel que tenga un interés personal, legítimo y directo en el caso pueda asistir.

¿Qué obligaciones tienen los padres en estos casos?

Los padres también tienen obligaciones con respecto a los costos asociados con el caso de delincuencia juvenil de su hijo y su disposición. Éstos incluyen:

  • Los gastos en que incurre el condado por concepto de alimentos, ropa y gastos médicos del menor mientras está detenido.

  • El costo de la vigilancia electrónica.

  • El costo del servicio legal.

  • La restitución por daños y perjuicios a las víctimas.

Estas obligaciones surgen de lo dispuesto en la sección 730.7, cuyo objetivo es transferir la póliza de responsabilidad indirecta respaldada por la sección 1714.1 del Código Civil a los procedimientos judiciales de menores, en parte, para que las víctimas de un delito cometido por un menor puedan solicitar la restitución de los padres, sin la necesidad de una acción civil independiente separada.

El estatuto refleja una desviación intencional de la regla del derecho consuetudinario de que los padres normalmente no son responsables de los agravios de sus hijos menores. En cambio, adopta una política según la cual, entre terceros inocentes y los padres de un menor que causa daños por mala conducta intencional, los padres deben asumir la responsabilidad de la pérdida, a fin de garantizar la recuperación de las pérdidas incurridas, aunque el pago de estas cantidades está sujeto a la capacidad de los padres para pagarlas.

En los ejemplos a los que hemos hecho mención, estas obligaciones pueden traducirse en que bajo el escenario del vandalismo cometido por John, los términos de la libertad condicional pueden incluir la restitución o reparación. En cuyo caso es probable que su madre deba pagar $1.000 al propietario del almacén, para compensarlo por la pérdida económica, porque queda legalmente comprometida a hacerlo.

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Si su hijo ha sido detenido en Vista CA, por haber ejecutado presuntamente un hecho punible, es probable que sea dejado en custodia de una institución correccional de este Estado, con las consecuencias personales y emocionales que pueden derivarse de ello, en razón de lo cual, usted necesita saber cuáles son los derecho que posee y cómo puede ejercerlos, pero eso sólo se lo puede explicar un abogado especializado en derecho penal juvenil, como los que tenemos en Vista Criminal Attorney Law Firm, quienes conocen a la perfección en Sistema Judicial de Menores y podrán intervenir de la mejor manera en beneficio de su hijo y de usted mismo.

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