Los delitos cometidos por adolescentes son más comunes de lo parecen, en este sentido las autoridades de California penalizan este tipo de acciones ilícitas aunque no con la misma rigidez con la que puede ser sancionado un adulto cuando quebranta la ley, pero sí, con el mismo fin, el cual es evitar la impunidad de actos criminales independientemente de quiénes sean los autores de los mismos.

De tal manera, entre las penalizaciones que puede recibir un menor de edad, es probable que sea otorgado por un Juez el beneficio de libertad condicional, el cual deberá cumplir y seguir mediante ciertas pautas si quiere conservar dicha sentencia, ya que de otro modo podría ser reevaluado el caso y enviado a prisión si es necesario por desacato ante el dictamen judicial.

Si usted está siendo acusado de cometer un delito y es menor de edad o se trata de un caso en donde su hijo está involucrado, y se encuentra ubicado en Vista, debe recurrir a los servicios de un abogado penalista que se encargue de demostrar su inocencia o en caso contrario, conseguir que sea beneficiado con la penalización de libertad condicional, para tales efectos en Vista Criminal Attorney Law Firm, se encuentra un selecto grupo de profesionales, disponibles para atender su caso lo antes posible, no dude en comunicarse con nosotros.

¿Cómo funciona el beneficio de libertad condicional en menores?

Esta es una opción entre las sentencias que pueden ser otorgadas a un menor de edad que este siendo judicializado en un Tribunal de menores, y se cumple con carácter de obligatoriedad a través de ciertas condiciones como su enunciado lo expresa “libertad condicional”, y tiene la finalidad  de que el adolescente sea sancionado, pero de igual forma no sea enviado a una prisión.

Este tipo de sanción se conoce como un beneficio para el condenado, debido a que el adolescente puede quedar en libertad, asistir a sus actividades escolares y continuar con su vida, mientras cumple con el tiempo indicado de presentaciones ante al Tribunal de menores. El propósito de este beneficio es que el adolescente sea rehabilitado y este proceso debe ser supervisado por un oficial exclusivo para este tipo de sentencias.

¿Cómo es el trabajo de los oficiales que custodian la libertad condicional de un menor?

En el caso de que un menor de edad reciba el beneficio de libertad condicional como forma de sanción ante la comisión de un delito, se le debe asignar la supervisión de un oficial policial quien deberá encargarse que todas las condiciones de dicha penalización se cumplan como es debido, puede que entre dichos términos de cumplimiento se encuentre la presentación semanal, o cada 15 días, o una vez al mes ante el agente de seguridad asignado.

Aunado a lo antes mencionado, los representantes o padres del adolescente, están obligados a informar al agente policial encargado del caso sobre conductas delictivas que haya tenido el menor una vez impuesto el beneficio de libertad condicional, y de esta forma garantizar que se cumplan los términos establecidos en el Tribunal.

La supervisión sobre la que se viene haciendo mención, es parte de las asignaciones que debe realizar un agente del beneficio de la libertad condicional entre otras funciones, cuando se trata de un caso en donde está involucrado como responsable un menor de edad. En este sentido, cabe mencionar que existen otras ocupaciones que debe realizar el oficial de libertad condicional como son las que se presentan a continuación:

  • El Arresto
  • La Adjudicación
  • La Disposición

De tal manera que cada una de estas etapas llevan consigo un procedimiento que debe cumplirse a cabalidad, y son detalladas a continuación:

El arresto

En el momento en el que un adolescente es capturado y arrestado, y el caso se trate de la comisión de un hecho ilícito menor, el responsable será presentando ante un agente de seguridad encargado de libertad condicional para llevar a cabo una entrevista, en donde se recopilan todos los detalles de lo acontecido, y posteriormente el oficial podría optar por lo siguiente:

  • Anunciar cuál sería el programa del cual puede ser partícipe el condenado con respecto a la libertad condicional, tomando en cuenta las necesidades del menor. En este escenario no se presenta petición alguna, ya que la parte acusadora no imputa cargos, sino más bien realiza una petición ante el Tribunal competente. No obstante, la situación como tal sería discutida por las partes involucradas (el agente, la familia y el menor en cuestión).
  • Otorgar una citación en donde el menor deba presentarse posteriormente ante la máxima autoridad (Juez) para llevar a cabo la audiencia correspondiente, y mientras esto sucede el menor podría seguir viviendo en su residencia.
  • Arrestar al adolescente mientras el Juez hace una revisión prudente del caso, situación que podría tener una duración de unas 48 horas aproximadamente.

Es importante aclarar que según la determinación SB 190 con vigencia desde 01 del mes de enero del año 2018, existen limitaciones con respecto al confinamiento de menores en solitario. En este caso, la norma indica que los adolescentes no deben permanecer en habitaciones confinados por un tiempo mayor a 4 horas, con la excepción de que sea una emergencia. Asimismo, las medidas no deben ser tan rigurosas con respecto al condenado, al menos que dichas medidas pongan en situación de riesgo a otros reclusos o a los trabajadores de las instalaciones. También deben tomarse en cuenta aspectos como la salud mental y física, ya que si están siendo comprometidos, el menor no puede ser confinado.

La adjudicación

Esta etapa del procedimiento, es donde el oficial puede ejecutar las siguientes acciones:

  • Recomendar a la parte acusadora si debería presentar cargos contra el adolescente ante las autoridades judiciales o no.
  • Ofrecer su criterio con respecto al proceso de judicialización del menor, es decir, informar si está apto para ser procesado por el Tribunal competente de menores, o en uno de adultos.

En el caso de que la parte acusadora recomiende al Fiscal presentar cargos contra el menor, son tomados en cuenta ciertos elementos como son los siguientes:

  • Las capacidades del adolescente, así como también su edad.
  • El comportamiento de los familiares y del menor en cuestión.
  • Si el hecho ilícito fue mediante violencia o amenazas violentas hacia terceras personas.
  • La conducta del menor dentro de su escuela, comunidad, o espacios en donde hace vida.
  • Si el menor presenta un comportamiento controvertido.
  • Si realmente es necesario fijar una penalización judicial.

De tal forma, debe dejarse claro que la formulación de cargos contra el adolescente, debe realizarse cuando se trate de la comisión de un acto delictivo de gravedad, los cuales están establecidos en el Código de Instituciones y Bienestar en su sección 7007b. En este sentido, el agente encargado de la libertad condicional del menor hará la recomendación sobre la petición que esté a lugar.

La Disposición

Cuando a un menor de edad le es asignado un agente policial encargado de libertad condicional, (el cual podría ser quien recomendó inicialmente que la parte acusadora presentara la correspondiente petición ante el Juez), este será quien se encargue de supervisar las presentaciones periódicas que le hayan ordenado realizar al adolescente ante las autoridades correspondientes, sin embargo cuando el beneficio otorgado es de libertad condicional informal, las presentaciones no deben ser tan seguidas ya que las condiciones suelen ser menos estrictas.

En este orden, los términos de la libertad condicional se imponen de acuerdo a la seriedad del hecho ilícito ejecutado, y de la existencia de antecedentes criminales si los hay. Dichos términos a los que el menor podría estar sujeto pueden ser los siguientes:

  • Asistencia obligatoria a la escuela
  • Evitar cualquier contacto hacia la víctima
  • Restricción cuando se impone un toque de queda
  • No visitar lugares determinados
  • Formar parte de programas sobre alcoholismo, drogas e ira
  • No tener objeciones en cuanto a ser sometido a un monitoreo electrónico
  • Pagar daños ocasionados hacia la víctima
  • Compensar daños a propiedades perjudicadas
  • Estar dispuesto a remover grafitis
  • No impedir pruebas de alcohol o drogas aleatorias, y otros.

En cuanto a esta última condición, puede que el departamento encargado de la libertad condicional del menor, esté llevando a cabo una revisión más exhaustiva para determinar con mayor precisión cuáles sustancias estupefacientes consumió el adolescente en tiempos pasados, con el fin de aplicar en la actualidad test de mayor especificidad. Para tales fines, los agentes suscritos al “DRE” quienes están formados para reconocer marcas derivadas del consumo de sustancias ilícitas como las ocasionadas por agujas, y otros síntomas como rigidez muscular, reacción o dilatación en ojos a causa de la luz, entre otras señales consecuencias del consumo de drogas.

Si un menor violenta los términos de libertad condicional ¿Qué sucede?

En el caso de que las pautas establecidas para otorgar al menor de edad el beneficio de libertad condicional no sean acatadas como se ordenaron en la Corte Penal, esto podría ocasionar que el condenado sea arrestado o detenido dentro de la correccional.

Entre las condiciones que pueden entrar en desacato se encuentran las siguientes:

  • Que el menor no se presente ante el agente asignado en los lapsos de tiempos establecidos
  • Que el menor no comparezca en las audiencias que estaban previamente programadas como parte del proceso judicial
  • Hacer acto de presencia en lugares que no debía frecuentar
  • Realizar contacto con la víctima o con cualquier otra persona restringida
  • Evadir el pago de indemnizaciones impuestas en la Corte Penal, entre otras

En este orden, si alguna de estas pautas ya mencionadas no se cumplen como quedó previamente establecido en la Corte, el adolescente está en el deber de asistir nuevamente a otra audiencia, en donde la parte acusadora tendrá el fin de comprobar mediante evidencias, el incumplimiento de dichas condiciones por parte del menor. Posteriormente, cuando la audiencia finalice el Juez determinará si el beneficio de la libertad condicional será revocado, o si el menor será sometido a penalizaciones más fuertes. Puede que se dé el escenario de que el Juez permita al menor, seguir disfrutando de la libertad condicional que ya le había sido concedida.

En este sentido, las consecuencias que acarrea el no cumplimiento de dichos términos previamente establecidos en el Tribunal, dependen de algunos elementos tales como la severidad del incumplimiento, así como también el tipo de régimen de la libertad condicional a la que el adolescente estaba sometido.

Un Ejemplo de incumplimiento de las pautas de la Libertad condicional podría ser el siguiente:

  • En el supuesto de que el menor asista a un sitio que no debía visitar, estaría incurriendo en la violación de uno de los acuerdos establecidos, y el Juez podría optar por no revocar el beneficio, debido a que se trata de un incumplimiento menos severo y puede que solo sean ajustadas las condiciones necesarias. En dichos ajustes puede que se impongan restricciones más rígidas y se someta al menor al cumplimiento de servicio comunitario.

¿Cómo se diferencia un tipo de libertad condicional de otra?

En el caso del beneficio de libertad condicional, el Tribunal de menores podría otorgar alguno de los tipos existentes de la misma, según manifiesta el Código de Instituciones y Bienestar (WIC), los cuales marcan su diferencia entre sí según la autoridad que quede encargada del caso. Entre los tipos de libertad condicional se encuentran los siguientes:

(WIC 790) Fallo Diferido

En este caso se aplica la libertad condicional cuando el adolescente ejecuta un acto delictivo de menor rigurosidad, y a su vez cumple con determinados criterios, y la sentencia es postergada. De acuerdo a lo mencionado, si estas pautas no son cumplidas, no se puede penalizar al menor bajo fallo diferido. Dichos criterios podrían ser los siguientes:

  • Que el hecho ilícito no haya sido un secuestro, asesinato, violación o cualquier otro de esta naturaleza.
  • Que el adolescente califique para recibir libertad condicional, según lo estipula el WIC 790(b).
  • Que el adolescente para el día en el que se ejecute la audiencia tenga 14 años.
  • Que el adolescente no ha sido sancionado a cumplir condena en el Departamento de Justicia Juvenil (DJJ).
  • Que el adolescente no haya estado bajo tutela anteriormente de un Tribunal por la comisión de un hecho ilícito mayor.
  • Que en casos previos, el beneficio de libertad condicional no le haya sido revocado al menor.
  • Que el hecho delictivo no haya sido de carácter sexual.

(WIC 725a) Fallo Diferido sin Custodia

En este caso, el adolescente debe haber aceptado que es el responsable del delito del que se le acusa y que a su vez se trate de un hecho ilícito menor. En este sentido, el Tribunal le otorga libertad condicional por un lapso de tiempo de seis meses, tiempo que podría alargarse mientras se cumplen con las condiciones pautadas.

(WIC 602) Libertad condicional bajo custodia

Este tipo de libertad condicional es aplicada cuando en el Tribunal se concluye que el adolescente ha violentado las leyes, y en consecuencia debe cumplir con ciertos términos de acuerdo al beneficio de la libertad condicional formal. En este caso, el adolescente termina bajo custodia del Tribunal competente, en donde se encargan de supervisar su comportamiento hasta que tenga 21 años, pero si el adolescente cumple condena en la DJJ, la supervisión como tal sería hasta que el adolescente tenga 24 años.

(WIC 725b) Libertad condicional bajo custodia

Esta disposición afirma que el menor queda bajo la custodia del Tribunal. Este beneficio de libertad condicional tendría una duración de seis meses, tiempo en donde el menor bebe cumplir estrictamente con los acuerdos pautados en la Corte Penal.

(WIC 727) Libertad condicional bajo custodia

Una vez otorgado este beneficio en donde el menor queda bajo custodia del Tribunal, la supervisión no podrá ser ejercida por otro organismo. Asimismo, el Tribunal establecerá condiciones y términos que deben ser aceptados y llevados a cabo con total obligatoriedad por parte del menor.

(WIC 654) Libertad Condicional informal sin custodia

Este beneficio consiste en la ejecución de un programa el cual es dirigido en su totalidad por un departamento encargado de este beneficio, en donde no interviene ningún agente del Tribunal de menores. De tal manera debe dejarse claro que la parte acusadora no emite ninguna petición de carácter formal ante las autoridades competentes. Este beneficio tiene un tiempo de duración de unos 6 meses aproximadamente, pero puede llegar a durar hasta un año si es necesario, en donde el adolescente debe hacer vida en su vivienda.

(WIC 626b) Desviación informal

En este caso, el Tribunal  de menores no interviene en el proceso de libertad condicional ya que no son formulados cargos en contra del adolescente. En este programa el menor puede ser destinado a cumplir con determinado programa sobre desviación informal.

En el transcurso de la audiencia de incumplimiento de libertad condicional, ¿A cuáles derechos tiene opción el menor?

Cuando se da el incumplimiento de alguno de los términos establecidos para conceder la libertad condicional, es primordial que el menor y su representante estén informados sobre los derechos que le deben ser otorgados, estos son los siguientes:

  • El menor está en el derecho de solicitar la representación de un abogado
  • Tiene derecho a que un Juez imparcial escuche su declaración
  • El menor tiene el derecho de saber cuáles son los alegatos presentados en su contra
  • El menor tiene derecho a que su abogado evidencie pruebas y testigos que soporten su caso.

Para tales fines, es necesario que un abogado criminalista le brinde toda la asesoría y el respaldo legal que el menor amerita en la audiencia, la cual se lleva a cabo en la Corte Penal.

A modo de conclusión, se resalta nuevamente que cuando un menor de edad queda bajo este régimen, y posteriormente no cumple las pautas establecidas al momento de recibir dicha sanción, es probable que el beneficio sea anulado. Para que se dé este paso de anulación, la parte acusadora debe mostrar evidencias contundentes en una audiencia programada para tales fines, y si resulta que en la Corte Penal queda comprobado que el menor efectivamente violentó las pautas de su libertad condicional, el Juez debe tomar una decisión al respecto.

En este orden, puede que se presente el contexto en el que el adolescente quede bajo el régimen de libertad condicional sin estar custodiado por el Tribunal de menores, y frente al no cumplimiento de las condiciones establecidas, este caso sería entregado a la parte acusadora para que continúe con la petición formal correspondiente.

Ahora bien, si el adolescente procesado se encuentra bajo custodia del Tribunal y quedó bajo libertad condicional en su vivienda, y no cumplió con los términos impuestos, el Fiscal debe realizar la petición correspondiente de acuerdo a lo establecido en (WIC 777), con el fin de que la libertad condicional sea revocada.

En la audiencia respectiva, se tomará en cuenta el informe emitido por el departamento concerniente a la libertad condicional, en donde se detallará el comportamiento y las actuaciones del adolescente con respecto a las pautas establecidas sobre el beneficio otorgado. Posteriormente serán tomadas las decisiones pertinentes del caso en cuestión, mientras esto sucede lo más recomendable es que el menor tenga un buen abogado penalista que lo represente y obtenga resultados positivos en la Corte Penal.

¿Cómo consigo un abogado criminalista cerca de mí?

Si usted está siendo señalado de violentar los términos establecidos de la libertad condicional, o se trata de su hijo, quien cometió el delito por el que está siendo penalizado, es importante que busque la asesoría de un abogado penalista que le ayude a entender cada una de las pautas que se establecen cuando se le concede a un menor de edad este beneficio como medida sancionatoria, o en su defecto cual es el tipo de libertad condicional que amerita su caso.

Para conseguir la orientación de un abogado especialista, usted debe acudir al Bufete Vista Criminal Attorney Law Firm, o realizar una llamada inicial a través del siguiente número telefónico 760-691-1551, en donde se encuentran un selecto grupo de abogados, siempre dispuestos a atender cualquier inquietud con respecto a su caso. No dude en contactarnos cuanto antes.