Las leyes del Estado de California establecen que es ilegal que las personas cuya edad sea de 21 años o más conduzcan con un nivel de alcohol en el organismo, el cual sea igual o superior al 0.08%, sin embargo esta regla no se aplica de igual forma para los individuos que sean menores a esa edad, quienes son susceptible de enfrentar cargos civiles, infracciones e incluso ser acusados por la ejecución de un delito menor cuando son sorprendidos manejando con un BAC inferior al mencionado.

En estos casos inclusive si un menor es descubierto conduciendo con un BAC de 0.01% puede ser sancionado legalmente, por lo tanto ingerir un solo trago, antes de tomar el control del volante o consumir cualquier otra fuente de alcohol tal como medicamentos podría ocasionar que alguien se vea envuelto en una situación de esta magnitud.

En relación a lo anterior se debe mencionar que existen en California tres secciones del Código Vehicular que regulan el DUI en Menores de edad, los cuales catalogan el mismo como una ofensa civil, una infracción o un ilícito penal, en torno a los elementos de hecho exigidos para que se configure cada conducta criminal, en las cuales se mencionan como sanciones establecidas para castigar este tipo de actos la privación de libertad, el pago de altas sumas de dinero y la suspensión de la licencia de conducir entre otras, las cuales como ya se mencionó van a depender de la norma transgredida.

Cómo pudo observar en este sentido, que un sujeto sea menor, no lo exime de responder legalmente ante las autoridades por sus actos criminales, por lo tanto lo más aconsejable en caso de estar implicado en una situación de este tipo, es buscar asistencia jurídica de un experto con conocimientos en materia penal, que se encargue de estudiar a profundidad el caso, para formular la defensa más sólida para el mismo, con el fin de obtener un dictamen favorable por parte del Juez el cual disminuya los posibles efectos negativos que pueden producirse en la vida del acusado.

Por lo tanto si se presentaron cargos en contra de usted o su hijo está en Vista, CA, por DUI en Menores de Edad, no le reste importancia a estas acusaciones, busque asistencia y representación legal en Vista Criminal Attorney Law Firm, dónde están los abogados con mayor trayectoria y preparación en la materia, quienes trabajaran incansablemente para proteger sus derechos y su libertad.

¿Qué establece el ordenamiento jurídico sobre este delito?

Este es un delito perteneciente a la categoría de delitos DUI, el cual se encuentra contemplado en tres secciones del Código Vehicular de California, en donde se tipifica como delito que un sujeto que tenga una edad menor a 21 años, conduzca cuando ha consumido alcohol.

A tales efectos se debe señalar la definición de algunos términos utilizados durante el desarrollo de este artículo:

DUI, Hace referencia a conducir bajo la influencia.

BAC: Significa concentración alcohólica en la sangre.

PAS: Es una prueba que se realiza en carretera para medir el nivel de alcohol presente en el organismo de un individuo a través de un alcoholímetro de mano o algún instrumento parecido.

DMW: Departamento de Vehículos Motorizados de California.

Una vez entendido lo anterior, cabe destacar que las secciones en donde se encuentra regulado este ilícito son:

  • Sección 23136 del código vehicular, que regula la ejecución de un ilícito civil
  • Sección 23140 del Código Vehicular, que contempla la incidencia en una infracción
  • Sección 23152 del Código Vehicular, que comprende la ejecución de un delito menor.

¿Qué establece la sección 23136?

En primer lugar se debe indicar que esta sección es conocida también como Ley de Cero Tolerancia, a tales efectos una ley de este tipo alude a una política, que se fundó con el objetivo de castigar toda conducta que se lleve a cabo en violando el ordenamiento legal, sin importar que tan grave sea el hecho ilícito realizado, su nombre se debe a que se suprime todo grado de tolerancia, es decir, se busca sancionar los actos delictivos desde una primera incidencia, puesto que pasar por alto los mismos o ser permisivo dando lugar a la aplicación de atenuantes, podría ocasionar que un individuo al sentir que no fue castigado por sus crímenes reincida en la comisión de dichos ilícitos y progresivamente se vea implicado en la ejecución de delitos más graves.

La ley estipulada en dicha sección fue dictada en California en el año 1994 con el objeto de batallar contra los problemas por alcohol y conducción relacionados con menores de edad, la cual estipula que es ilegal llevar a cabo el acto de conducir, con cualquier grado de alcohol en la sangre (BAC) que sea igual o mayor a 0.01%, luego de haber consumido alguna bebida alcohólica.

En concordancia con lo anterior, hasta un reducido importe de alcohol puede hacer que aumente rápidamente el BAC de un sujeto al 0.01%, lo que implica que incluso hasta consumir un trago de alcohol puede provocar que una persona sea acusada de cometer este delito, sin embargo a efectos de esta sección se toma en cuenta cualquier fuente que sea capaz de elevar el alcohol presente en el organismo de un sujeto, por ende no se restringe únicamente al consumo de bebidas alcohólicas.

A manera de ejemplo se pueden mencionar las siguientes probables fuentes de alcohol, que pueden ocasionar que un individuo enfrente cargos de este tipo:

  • Fármacos para la tos.
  • Fármacos para el resfriado.
  • Ungüentos anestésicos para uso tópico.
  • Medicamentos homeopáticos.

Este es calificado como un delito civil, por lo tanto las sanciones que pueden imponerse estarán a cargo del departamento de vehículos Motorizados de California. Entre las cuales pueden mencionarse las siguientes:

  • Suspensión de la licencia de conducción por un año
  • En caso de no tener licencia de conducir, se ordenará el retraso por un año en cuanto al derecho de optar a una licencia de conducir.

¿Qué establece la sección 23140?

La mencionada sección, consagra que incurre en una infracción, todo individuo menor de edad que conduzca con algún BAC comprendido entre 0.05% y 0.07%, cuyas sanciones aplicables se incrementan por cada reincidencia que el acusado tenga en la ejecución de un delito de esta categoría, es decir por cada sentencia condenatoria que tenga un individuo fundada en un delito de este tipo se aumentará el alcance de la sanción, en relación a esto por tratarse de una infracción y no de un delito penal, las penas aplicables corresponden al pago de sumas de dinero por concepto de multa y no a penas privativas de libertad.

Continuando con la idea anterior, las sanciones aplicables para castigar a un individuo que viole la normativa estipulada en la sección 23140 son:

  • En caso de una primera incidencia, pago de un monto de 100 dólares por concepto de multa.
  • Si se da una segunda reincidencia, pagó de una suma de 200 dólares por concepto de multa.
  • Pero en el supuesto de una tercera reincidencia la pena aplicable será el pago de una suma de 300 dólares.

Sin embargo si una persona es declarada culpable por este delito, también deberá responder legalmente por violar sección 23136, por tal razón estará obligado al pago de la multa correspondiente por cometer una infracción, y será susceptible de que se ordenen los siguientes castigos:

  • Revocación de la licencia de conducción por el lapso de un año.
  • Deber de ir a clases para prevenir el alcohol, por el periodo de tres meses, lo cual debe efectuarse previo el restablecimiento de la licencia de conducción.
  • Asistir a un programa de visita juvenil, lo cual abarca realizar visitas a un hospital, una oficina forense o algún centro de rehabilitación.

Además un Juez puede dictaminar lo siguiente:

  • Que el condenado se inhiba de ingerir alcohol hasta cumplir la edad de veintiún años.
  • Que el condenado se inhiba de usar drogas ilegales.

¿Qué establece la sección 23152?

Esta es la sección que tipifica la ejecución de un DUI estándar como delito menor, la cual indica que toda persona sin importar su edad incurre en un delito de esta categoría si es sorprendida conduciendo con un grado de alcohol igual o mayor al 0.08%, a tales efectos un sujeto puede ser condenado bajo esta normativa sin importar que su edad sea superior a los veintiún años.

Continuando con el tema en cuestión, un individuo cuya edad sea inferior a veintiún años comete este delito cuando:

  • Es descubierta conduciendo bajo efectos producidos por el alcohol, o
  • Es sorprendida conduciendo con un grado de alcohol en su organismos igual o mayor a 0.08%, lo cual ocasiona.

Es descubierta conduciendo bajo efectos producidos por el alcohol: Se refiere a que las habilidades de conducción del acusado se ven afectadas por el consumo de alcohol, por lo tanto si una persona no está en capacidad de conducir un vehículo de forma prudente, como lo haría una persona sobria debido a efectos producidos por el alcohol, puede ser acusada por DUI, aunque su BAC esté por debajo del 0.08%

Es sorprendida conduciendo con un grado de alcohol en su organismos igual o mayor a 0.08%, lo cual ocasiona: En este caso a pesar de que no esté afectada la capacidad para conducir del acusado, si el mismo es detenido con un BAC igual o mayor al 0.08% este puede ser acusado por cometer un DUI.

Ahora bien en caso de ser condenado por ejecutar un ilícito de esta categoría, un individuo puede ser obligado al cumplimiento de las siguientes sanciones, previo estudio de sus antecedentes criminales y los hechos que dieron origen al caso:

En caso de tratarse de una primera incidencia:

  • Régimen de libertad condicional por un periodo mínimo de 3 años y máximo de 5 años.
  • Pago de una suma de dinero de mínimo 390 dólares y máximo de 1.000 dólares
  • Privación de libertad de hasta seis meses en una prisión del condado.
  • Suspensión de la licencia de conducir por un periodo mínimo de seis meses.
  • Asistir a clases sobre drogas por un periodo mínimo de tres meses y máximo de 9 meses en una institución que goce de aprobación por parte del Tribunal.

En caso de tratarse de una segunda incidencia en el periodo de diez años

  • Régimen de libertad condicional por un periodo mínimo de 3 años y máximo de 5 años.
  • Privación de libertad por un periodo de hasta un año en una prisión del condado.
  • Pago de una suma de dinero de mínimo 390 dólares y máximo 1000 dólares por concepto de multa.
  • Asistir a clases sobre drogas por un periodo mínimo de 18 meses y máximo de 30 meses en una institución que goce de aprobación por parte del Tribunal.
  • Suspensión de la licencia para conducir por el periodo de dos años.

Pero si se trata de una tercera incidencia en el periodo de 10 años

  • Régimen de libertad condicional por un periodo mínimo de tres años y máximo de 5 años.
  • Privación de libertad por un periodo de hasta un año en una prisión del condado.
  • Pago de una suma de dinero por un monto mínimo de 390 dólares
  • Asistir a clases sobre drogas por un periodo de 30 meses en una institución que goce de aprobación por parte del Tribunal.
  • Suspensión o revocación de la licencia para conducir por un periodo de tres años.
  • Determinar al acusado como delincuente habitual de tráfico.

Pero por otro lado, en el supuesto de que el acusado o algún pasajero el cual también sea menor a la edad establecida, posee alcohol en el vehículo, pueden presentarse también cargos adicionales por cometer el delito de posesión de alcohol en un automóvil, lo cual acarrea la imposición de las siguientes penas:

  • Incautación del vehículo por un periodo de hasta treinta días.
  • Suspensión o revocación de la licencia para conducir por el lapso de mínimo un año.
  • Pena privativa de libertad de máximo seis meses en una cárcel perteneciente al condado.
  • Pago de un monto máximo de 1000 dólares

También debe tenerse en cuenta que un individuo condenado por un delito de este tipo, también debe responder penalmente por la ejecución del delito civil establecido en la sección 23140 y la infracción señalada en la sección 23140 y además debe reportar dicha situación en caso de emitir una solicitud de admisión ante alguna universidad u optar a algún empleo.

¿Qué ocurre cuando detienen a una menor de veintiún años por DUI?

En primer lugar debe mencionarse que a efectos de la ley, el BAC de un individuo puede medirse en carretera a través de la realización de una prueba preliminar de detección de alcohol PAS, en relación a esto, en California una prueba de este tipo para mayores de veintiún años es opcional, sin embargo para menores se presume que los mismos han otorgado su consentimiento para realizarse la misma o algún otro examen de aliento, de sangre u orina, si hay alguna sospecha de que están consumiendo alcohol y conduciendo, por ende, si un menor de veintiún años es detenido y se rehúsa a tomar una prueba PAS o química , esto ocasionará la suspensión inmediata de su licencia de conducir por el periodo comprendido entre uno y tres años dependiendo del número de reincidencias que el individuo tenga en esta conducta.

Ahora bien en el supuesto de que un individuos sea detenido por un oficial policial por violar la sección 23136, este le solicitara su licencia de conducir en caso de poseer una y la va a enviar al DMV, y posteriormente se le proporcionara una licencia para conducir temporal la cual tendrá validez por treinta días, luego de finalizado ese periodo la suspensión de la licencia comenzara a surtir efecto.

En relación a esto se debe indicar que un agente competente del DMV, basado en los informes policiales se encargará de establecer durante el transcurso de los treinta días mencionados, si es procedente o no la suspensión de la licencia de conducir, en caso de ser afirmativa la interrupción de dicha licencia se le debe enviar una notificación al menor implicado, en la cual se señalará que la suspensión estará vigente una vez culminados los treinta días concedidos para la licencia de conducción temporal.

También debe considerarse que en caso de que el menor sea sorprendido con un nivel de alcohol en su organismo igual o superior al 0.08% el procedimiento a seguir con respecto al DMV será el mismo, pero además en este supuesto el agente de la policía debe remitir el informe sobre el arresto ante la fiscalía para que este determine si se requiere presentar cargos por la ejecución de un delito menor o no, y una vez evaluado el mencionado informe, si la fiscalía decide presentar cargos, el implicado será citado ante la Corte para que comparezca a juicio y se decida si es culpable o no del delito del cual se le acusa.

¿Un individuo puede refutar la suspensión de su licencia de conducir?

Si, en caso de que la licencia para conducir de un menor sea suspendía por violar la ley de cero tolerancia o negarse a realizarse una prueba química para determinar el nivel de alcohol en su organismo, puede solicitar una audiencia ante el DMV, el que como ya se mencionó anteriormente es el órgano encargado de aplicar las sanciones de esta clase, por configurarse la ejecución de un ilícito cuya naturaleza es civil.

Dicha audiencia debe ser solicitada en el lapso de 10 días, los cuales se contarán a partir del instante en el cual cuando el acusado fue citado por haber violado la ley, en la mencionada audiencia, el acusado podrá exponer los motivos que le hacen pensar que la suspensión de su licencia de conducir no es una decisión prudente y el funcionario encargado podrá formularle pregunta, por lo cual se aconseja ser asistido por un abogado, por otro lado también debe mencionarse, que normalmente estas se realizan por vía telefónica sin embargo por solicitud del acusado pueden hacerse de manera personal.

Si el acusado obtiene un dictamen favorable, se concluirá la suspensión o revocación de la licencia de conducir, pero si en caso contrario obtiene un dictamen desfavorable, puede llevar a cabo las acciones señaladas a continuación:

  • Solicitar una licencia para conducir restringida para uso crítico, la cual autoriza a una persona para trasladarse solamente desde el trabajo hacia la casa o viceversa, para lo cual debe probarse que no hay otra forma disponible para trasladarse. Sin embargo esta es una opción que no está disponible para las personas a las que se les suspendió su licencia de conducir por rehusarse a realizarse alguna prueba química.
  • Apelar la orden dictaminada por el agente encargado de la audiencia, la mencionada acción debe llevarse a cabo en el lapso de quince días los cuales deben contarse a partir del día en el cual se realizó el aviso de la decisión tomada por el funcionario a través de una solicitud por escrito, y la cancelación de un monto de ciento veinte dólares.

¿Cuáles alegatos de defensa se utilizan para enfrentar cargos de este tipo?

Existen diversos alegatos empleados para desvirtuar cargos presentados por DUI en menor de edad, entre los cuales los más comunes son los siguientes:

  • El acusado se encontraba manejando el vehículo.
  • No se respetaron los derechos del acusado.
  • El nivel de alcohol presente en el organismo del acusado no era ocasionado por una bebida alcohólica.
  • Los resultados arrojados por la prueba para medir el nivel de alcohol fueron erróneos.
  • Se realizó la prueba química de forma incorrecta.

¿Cómo ubicar a un Abogado de DUI en Menores de Edad cerca de mí?

Normalmente las personas suelen pensar que el hecho de que un menor de veintiún años sea acusado de cometer un ilícito de esta clase, no tiene gran importancia, puesto que el mismo no debe responder legalmente de la misma forma en la que lo haría una persona mayor, y por lo tanto las sanciones aplicables será mínimas, sin embargo como pudo entender este es un error puesto que una persona en este contexto, que sea detenida conduciendo con aunque sea un 0.01% de alcohol en su organismo es susceptible de ser sancionada con la aplicación de varias penas que van a depender de las circunstancias que originen el caso y a su vez se dará lugar a la existencia de antecedentes penales que disminuirán sus oportunidades de desarrollo a nivel laboral y profesional

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