De acuerdo con las leyes de California, se permite adquirir y poseer armas de fuego. Sin embargo, el derecho a portar dichas armas se encuentra limitado por una cantidad de restricciones, que se encuentran reguladas en la normativa del Estado que rige la adquisición, porte y uso de las mismas.

De acuerdo con esta normativa, en caso de que un individuo incumpla con lo establecido en dichas leyes, con relación al uso de un arma de fuego, la consecuencia puede ser que sea sancionado de diversas maneras, entre las que se encuentra tener que cumplir con una pena privativa de libertad o ser obligado a pagar cuantiosas multas, o ambas.

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El incumplimiento de las reglas que controlan el derecho a portar armas de fuego y su uso en Vista CA, es una conducta que se investiga seriamente y se sanciona gravemente por las autoridades, debido a ello, si un miembro de su familia, un allegado o usted mismo está haciendo frente a cargos por delitos de armas, sólo en Vista Criminal Attorney Law Firm encontrará la asesoría legal especializada que necesita, ya que tenemos abogados con amplia experiencia en este tipo de conductas consideradas ilícitas, quienes podrán todo su empeño y conocimientos a su servicio, con el objetivo de lograr mejorar su condición legal, con una reducción de los cargos, y en el mejor de los escenarios, que los mismos sean desestimados por la Corte, dependiendo de las características en las que hayan ocurrido los hecho.

Con la finalidad de que nuestro lector pueda adquirir conocimientos sobre aquella situación a la que eventualmente podría tendría que hacer frente en un cargo de este tipo, vamos a explicar en este artículo algunos de los aspectos más relevantes de los delitos relacionados con armas de fuego.

¿Existen armas de uso prohibido en California?

Si. De acuerdo con la ley de armas de California, algunos tipos de armas, municiones y dispositivos no pueden ser adquiridos por las personas, lo que quiere decir que su posesión es ilegal dentro del Estado. La lista de prohibiciones contiene pistolas de cartera, compartimentos para un arma de fuego camuflados, rifles que tienen el cañón corto, escopetas, entre otras.

Dentro de las prohibiciones también están incluidas las armas o rifles de asalto, ametralladoras, las balas expansivas o que tienen en su interior componentes explosivos y la lista incluye otras más.

Pero la prohibición no se limita exclusivamente al tipo de armas o de municiones, sino que también existen prohibiciones con relación a qué individuos tienen el derecho a adquirir y poseer un arma de fuego, así como sus municiones. Dentro de esta prohibición están: i) los sujetos que hayan sido encontrados responsables por felonías, ii) cualquier individuo que sea condenado por delitos menores en los que estuvieron involucrados armas de fuego, iii) los individuos a los que se les impuso la obligación en su libertad condicional de no tener o poseer armas de fuego; y iv) los sujetos contra los cuales ha sido dictada una medida u orden de restricción o de protección temporal por un Tribunal. Ahora bien, existe también una prohibición de portar armas para los sujetos diagnosticados con una enfermedad mental, así como aquel menor de edad que haya sido condenado por una Corte Juvenil por conductas de tipo criminal.

¿Cómo están clasificados en California los hechos ilícitos de armas?

Las leyes sobre armas de California se encuentran entre las más severas de todos los EEUU, regulando una serie de conductas que se consideran delitos, entre las cuales se encuentran las que mencionaremos a continuación:

  • Empuñar un arma
  • Accionar o descargar de forma negligente armas de fuego.
  • Portar armas cargadas en público.
  • Portar armas ocultas.

Empuñar un arma

Según las leyes en California, resulta ilegal blandir o empuñar de forma pública armas de fuego.

Hay que considerar que, si bien es cierto que las leyes de este Estado permiten a los individuos portar o llevar consigo armas de fuego u otro tipo de arma peligrosa, la realidad es que existen regulaciones que establecen de forma concreta la manera en que se deben exhibir, portar y usar las armas de fuego.

Para que un sujeto sea declarado responsable por empuñar un arma, la Fiscalía tiene que demostrar que se han cumplido los elementos constitutivos:

  • El acusado exhibió o blandió armas de fuego frente a otro u otros sujetos,
  • El acusado llevó a cabo su acción de manera amenazante, con enojo o de forma grosera, o hizo uso del arma en medio de una riña o pelea,
  • El acusado no estaba actuando en su propia defensa.

Accionar o descargar de forma negligente armas de fuego

Con el objetivo de que el acusado sea encontrado responsable por este hecho punible, la Fiscalía tiene el deber de demostrar la concurrencia de estos elementos constitutivos:

  • El acusado accionó una pistola o arma de fuego, lo que en este caso si incluye pistolas de perdigones o las que son de aire comprimido,
  • El acusado disparó de manera intencional o deliberada, con el objetivo de causarle la muerte a otro individuo o producirle lesiones,
  • La actuación del acusado fue negligentemente grave,
  • La misma pudo haber ocasionado la muerte o las lesiones físicas en otro sujeto.

Tal como se ha indicado en la descripción de los elementos constitutivos, esta conducta ilegal no sólo está referida a un arma de fuego que expulse balas o proyectiles por medio de la combustión, sino que igualmente está incluido haber usado una pistola con aire comprimido y también una de perdigones, que se diferencian de las armas de fuego tradicionales en que las dos últimas emplean la acción de un resorte o la presión de aire o de gas, para disparar el proyectil.

Igualmente, se debe advertir que la intencionalidad del acusado cuando accionó su arma tiene que haber sido evidente, esto es, que lo hizo deliberadamente, lo que exige que el acusado tuviera conocimiento de que su arma se encontraba cargada. Lamentablemente, existen situaciones en las que ocurre un accidente fatal, debido a que un individuo empuña un arma y piensa de forma errada que se encuentra descargada.

Con relación al término negligencia grave, debemos advertir que la misma implica algo que supera una negligencia ordinaria o promedio. Este podría ser el caso de que un individuo accione un arma al aire en un lugar en donde se estaba llevando a cabo un acto al que asistió mucho público. Tal conducta evidentemente demostraría el total desprecio del sujeto por el bienestar y seguridad de otros. Ante esta clase de situación, aunque la probabilidad de que el proyectil o la bala hirió a otro individuo causando lesiones sea escasa, se toma en cuenta que siempre existe la más mínima eventualidad de que ello ocurra, además de que su acción tuvo lugar mientras se encontraban presentes otros sujetos, lo que incrementa el nivel de su comportamiento a una negligencia grave.

Una situación muy distinta es el supuesto en que un sujeto disparara o accionara su arma sobre un sitio absolutamente despejado, esto es, en donde no hubiera nadie alrededor.

Portar armas cargadas en público

En el Código Penal de este Estado, el artículo 25850 establece que es una conducta ilícita llevar armas de fuego cargadas en público, pero para entender mejor la regulación contenida en el mencionado artículo, debemos explicar primero qué se entiende a efectos legales por arma de fuego.

De acuerdo con la definición, las armas de fuego son artefactos que puedan ser utilizados con la finalidad de disparar proyectiles empleando para ello un cañón que se acciona por combustión. En este sentido, una pistola que use aire comprimido o perdigones no lo es.

Con el objetivo de que una Corte pueda declarar a un sujeto responsable por esta conducta ilícita, la Fiscalía debe demostrar la concurrencia a los hechos de los siguientes elementos constitutivos:

  • El acusado llevaba en su automóvil o sobre su cuerpo armas de fuego cargadas,
  • El acusado tenía conocimiento de que portaba dichas armas,
  • El acusado se encontraba en un sitio público, o en una vía pública de una ciudad, o en un sitio donde resultaba ilegal disparar armas de fuego.

Portar armas ocultas

Es cierto que se permite que un sujeto posea un arma en su vivienda, así como llevar algún arma consigo, bien sea en el interior de su automóvil o en su cuerpo, siempre que se cumplan algunas condiciones, pero existen algunas reglas estrictas que se deben cumplir, ya que de no ser así, se considerará que estará violando las leyes.

Para que un sujeto sea encontrado responsable de portar armas ocultas en California, la Fiscalía tiene la obligación de demostrar que a los hechos concurrieron los siguientes elementos constitutivos:

  • El acusado tenía oculta un arma en sí mismo o en su automóvil,
  • El acusado tenía conocimiento o debía haber sabido que dicha arma se encontraba en el interior de su automóvil o en su persona,
  • El arma se encontraba en principio oculta.

Hay que tomar en consideración que estos elementos constitutivos que hemos enumerado carecen de relevancia si el individuo posee una licencia o permiso para portar armas de fuego ocultas. Igualmente, si el sujeto califica como uno de los individuos a los que se consideran exentos de esta prohibición general sobre el ocultamiento de armas, como puede ser un miembro activo de las fuerzas militares o un guardia de bancos, tampoco se les aplica esta regulación. No obstante, si es el caso de un guardia de bancos que lleva oculta su arma de fuego, pero fuera del horario de su trabajo, estaríamos en presencia de otra situación, una en la que sí resultaría aplicable la prohibición general, y podría ser acusado por esta conducta ilícita.

¿Qué penas son las que sufrirá un sujeto condenado por esta clase de hechos punibles?

Para contestar a esta pregunta, debemos referirnos concretamente a la clase de conducta que haya desplegado el acusado, porque cada una de ellas posee una regulación y unas sanciones propias, que pasamos a explicar a continuación

Empuñar un arma

Ser acusado por blandir o empuñar un arma es ser procesado por una conducta considerada como delito menor, en principio, pero puede llegar a convertirse en un “wobbler”, quedando a criterio de la Fiscalía juzgarlo como una felonía o como un delito menor, de acuerdo con las características que hayan concurrido a los hechos.

Cuando es juzgado como un delito menor, las penalidades que se podrían imponer son;

  • Pena cárcel hasta por seis meses en una prisión del condado, y/o
  • Una multa hasta por un monto de $1.000,00.

Pero, si lo que se usó fue un arma de fuego que podría ocultarse, la pena de prisión puede llegar a ser hasta de un año.

Una circunstancia que podría convertir este hecho punible en una felonía es que el acusado haya empuñado su arma en las instalaciones de una guardería en horario normal de funcionamiento, en cuyo caso, podría ser calificado como una felonía y las sanciones a imponer podrían ser:

  • Pena privativa de libertad cuyo máximo puede alcanzar los tres años, y/o
  • Una multa hasta un monto que puede alcanzar los $10.000,00.

Accionar o descargar de forma negligente armas de fuego

En caso de que se haya tratado de accionar pistolas de perdigones o de aire comprimido, se consideran como delito menor, pero si se empleó fueron armas de fuego, entonces este hecho punible califica como  “wobbler”, esto es, que la Fiscalía tendrá el derecho a decidir si lo procesa como felonía o si lo procesa  como delito menor.

Si la Fiscalía decide que sea calificado como un delito menor, entre las penalidades que se podrían imponer se encuentran:

  • Pena de cárcel que puede llegar hasta 1 año en una prisión del condado, y/o
  • Una multa hasta un monto que puede alcanzar los $1.000,00.

Pero si decide que sea procesado como felonía, las penalidades son más severas, porque el procesado podría ser condenado a:

  • Pena de cárcel que puede llegar hasta un máximo de 3 años, y/o
  • Una multa que puede llegar a ser $10.000,00.

Otro aspecto a considerar es que si esta conducta ilícita es calificada como felonía, el Tribunal está en capacidad de ordenar que sea tomado en cuenta como un “strike” en su récord criminal, según la regulación de la Ley de los Tres Delitos y Fuera. Esto significa que si el procesado comete en el futuro otro hecho ilícito, el Tribunal le va a imponer una sanción equivalente a dos veces la condena que normalmente se aplique al delito por el que esté siendo juzgado posteriormente y este contaría como su segundo “strike”, de modo que si comete un tercero, la condena por ese nuevo “strike” necesariamente será de veinticinco años a una cadena perpetua.

Portar armas cargadas en público

Si la conducta por la que se han formulado los cargos es de portar armas de fuego cargadas en público, siempre que no concurran otra clase de circunstancias, será juzgado como delito menor, en cuyo caso, las penalidades que se podrían imponer son:

  • Pena de cárcel hasta por un año, y/o
  • Una multa hasta por un monto de $1.000,00.

Ahora bien, esta conducta ilícita puede convertirse en un “wobbler” en el caso de que concurra alguna de las siguientes circunstancias: i) que se haya podido comprobar que el acusado no se encuentra registrado en la oficina del Departamento de Justicia correspondiente como el dueño del arma; y ii) el acusado posee una condena anterior por un crimen menor contra una propiedad o un sujeto, o una condena por delitos relacionados con drogas.

De ser ese el caso, entonces podría ser procesado como un delito menor o como felonía, y si la Fiscalía decide procesarlo como felonía, entonces las sanciones que se pueden imponer serán:

  • Pena de cárcel hasta por tres años, y/o
  • Una multa hasta por un monto de $1.000,00.

No obstante, se debe advertir que existen determinadas situaciones en las que llevar consigo armas de fuego cargadas se convierte de inmediato en una felonía, entre las cuales se encuentran: i) que el acusado posea antecedentes por una felonía; ii) que posea antecedentes por haber sido condenado por delitos relacionados con un arma de fuego en este Estado, iii) el arma de fuego es robada, iv) el acusado forma parte de una pandilla criminal callejera, entre otros. Para estos casos concretos, las penas que se van a imponer al procesado serán:

  • Pena privativa de libertad hasta por tres años, y/o
  • Multas hasta un monto de $10.000,00.

Portar armas ocultas

En el supuesto de que el cargo haya sido por llevar consigo una arma que se encontraba oculta sin tener permiso para ello, es considerado generalmente como un delito menor, salvo que el procesado posea antecedentes penales por delitos de naturaleza violenta, o que no haya colaborado con los agentes policiales en el instante de su detención, o se haya encontrado evidencia de que el procesado tuvo el propósito de usar su arma.

Según lo que hemos explicado, esta clase de hechos ilícitos pueden ser juzgados como delito menor o como felonía, en razón de las circunstancias, de manera que constituye un “wobbler”, debiendo ser la Fiscalía la que escogerá cómo será juzgado.

La conducta puede ser procesada como un delito menor, en cuyo caso se podrían imponer las siguientes sanciones:

  • Pena de cárcel hasta por seis meses, y/o
  • Una multa de hasta un monto de $1.000,00.

No obstante, si la Fiscalía decide que sea juzgado como una felonía, las penas que se pueden imponer serán:

  • Pena de cárcel que puede llegar al máximo de 3 años, y/o
  • Una multa hasta por un monto máximo de $ 10.000,00.

¿Existen argumentos defensivos que se puedan emplear frente a un cargo por este tipo de hechos punibles?

Lo primero que debemos advertir es que cada caso es único, ya que posee sus propias características, las cuales deben ser estudiadas con un abogado criminalista experto y en función de su examen, estará en capacidad de poder elegir la estrategia que más se adecúe a su situación, pero recuerde que un cargo por un delito no significa necesariamente una condena, por eso contar con la asistencia legal de un buen abogado defensor es fundamental, porque su labor puede hacer que los cargos sean reducidos y, si concurren algunas circunstancias, hasta desestimados por el Tribunal.

No obstante, entre los argumentos defensivos que se usan con mayor frecuencia frente a una acusación por delitos relacionados con armas, podemos mencionar los siguientes:

El procedimiento que se llevó a cabo para el registro e incautación fue ilegal

De acuerdo a lo establecido en la Cuarta Enmienda de la Constitución, todo funcionario que pretenda llevar a cabo un registro sobre usted, sobre su casa, su oficina, negocio o empresa, debe contar con una orden expedida de forma válida por un Tribunal competente, aunque es posible que tal registro se lleve a cabo sin la mencionada orden, si usted ha dado su consentimiento para ello, o cuando existe algo que se conoce con el nombre de causa probable.

En cuanto a una causa probable, legalmente es definida como evidencias o hechos de los cuales un sujeto razonable concluiría que un individuo ha perpetrado un hecho ilícito, por ello un sujeto no podría ser objeto de detención y registro al azar.

Si el individuo hubiere sido arrestado por causa de una violación de tráfico y éste coopera totalmente con los oficiales actuantes, exhibiendo su licencia e identificación, el policía no tiene derecho legal a proceder a registrar el automóvil, salvo que el conductor haya dado su consentimiento para ello, o haya una causa válida para hacerlo, que es lo que antes definimos como causa probable.

Inclusive, si un Tribunal emite esa orden para efectuar el registro, los policías sólo podrán registrar las zonas que hayan sido concretamente especificadas en tal orden. Esto quiere decir, que la policía no podrá registrar otras áreas no especificadas, porque si lo hacen se habrán excedido en la ejecución de dicha orden y cualquier evidencia encontrada en violación del alcance de la orden de registro, o sin su consentimiento, será considerada ilegal, por lo que no es admisible ante el Tribunal.

Legítima Defensa

Emplear este argumento defensivo es muy delicado, porque implica que el acusado debe reconocer que cometió el hecho del que se le acusa, pero que lo hizo en defensa propia o de un tercero, para lo cual será necesario además, que en los hechos concurran ciertas circunstancias, como que el acusado tuvo fundado temor por su vida o su integridad física o la de un tercero y que existió una proporcionalidad razonable entre la amenaza y la acción que llevó a cabo el acusado para defenderse, en cuyo caso, debería ser exonerado de toda responsabilidad.

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Como ya habrá podido leer, ser acusado en Vista CA, de un delito de armas es algo muy serio, con consecuencias nefastas para su vida y su libertad personal, es por ello que si está enfrentando cargos de esta clase, debe ponerse inmediatamente en contacto con Vista Criminal Attorney Law Firm, ya que tenemos a los abogados especializados que usted necesita para poder mejorar sus posibilidades legales.

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